Norma del Día


Aprueban la implementación del "Sistema de Alertas y Monitoreo - SAMO" en el Sistema Informático de Inspección del Trabajo (SIIT)

29 de Noviembre de 2019 | Norma del Día

Tipo Norma                          : Resolución Ministerial
Número de la Norma          : N° 291-2019-TR
Fecha de publicación          : 2019-11-29


Por intermedio de la presente resolución se aprueba la implementación del "Sistema de Alertas y Monitoreo - SAMO" en el Sistema Informático de Inspección del Trabajo (SIIT) como herramienta informática de análisis, detección y emisión de alertas que provee información oportuna y efectiva con el fin de prevenir, orientar y fiscalizar los presuntos riesgos de incumplimientos de la normativa sociolaboral, como parte de las acciones de inteligencia inspectiva desarrolladas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL).

Asimismo, dicha implementación se encuentra a cargo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) en su calidad de ente rector del Sistema de Inspección del Trabajo.

Por otro lado, el "Sistema de Alertas y Monitoreo - SAMO" está integrado por indicadores que permiten el análisis, la detección y la emisión de alertas, a  fin de obtener información oportuna y efectiva para la prevención, orientación y fiscalización de presuntos riesgos de incumplimientos de la normativa sociolaboral, siendo estos los siguientes:

a)    La proporción del número de trabajadores y locadores registrados en la planilla electrónica.

b)    El número de trabajadores inscritos en el T - Registro sin pago en la planilla mensual.

c)    La relación entre el rango de ingresos por ventas de las empresas registradas en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) y el número de trabajadores registrados en la planilla electrónica.

d)    El número de trabajadores registrados en la planilla electrónica sin pago de beneficios sociales.

 En el marco de sus competencias, mediante resolución de superintendencia, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), en una periodicidad no mayor a la anual, aprueba la incorporación y/o actualización de los indicadores que componen el SAMO.

Asimismo, entre otras disposiciones, se establece que el plazo máximo para que la Sunafil lo implemente es de sesenta días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución.

Fecha de vigencia: sábado, 30 de noviembre de 2019.

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