Norma del Día


Modifican Circulares y Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas que establecen descripciones mínimas de diversas mercancías

23 de Marzo de 2017 | Norma del Día

Tipo Norma                          : Resolución SUNAT
Número de la Norma          : N° 04-2017/SUNAT/5F0000
Fecha de publicación          : 2017-03-23


Mediante la presente resolución, se actualizan Circulares y Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas que establecen descripciones mínimas de diversas mercancías, con la finalidad de contar con una mejor identificación de las mercancías a importarse y así facilitar la operatividad en el despacho.

Así pues, entre las diversas actualizaciones destaca, la derogación de los siguientes campos de la casilla 5.20 ?Observaciones? del numeral 4.1 del rubro 4 de la Circular Nº 01-2004/SUNAT/:

a) De la segunda línea: ?Nombre del fabricante del vehículo?.
b) De la tercera línea: ?Número de REVISA 1?, ?Valor FOB en país de exportación en dólares? y ?Gastos por reparaciones o reacondicionamiento?.

Además, se deroga la Tabla Nº 10 ?Usuario del juguete? del Anexo 1 de la sección VI del Instructivo de Trabajo ?Descripciones Mínimas de Juguetes clasificados en la partida del sistema armonizado 95.03?, INTA-IT.01.17 aprobado por la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 680-2010/SUNAT/A, así como, la Tabla Nº 8 ?Unidad comercial? del rubro ?TABLAS DE CODIFICACIÓN DE PLACAS, LÁMINAS, HOJAS Y TIRAS DE PLÁSTICO? de la Circular Nº INTACR. 47-2002.

Cabe indicar, que la presente Resolución entrará en vigencia el 25 de abril del presente año, únicamente para las declaraciones aduaneras e mercancías que se tramita ante las intendencias de aduana y respecto de los regímenes aduaneros que se señalan a continuación:


 
   
   
 
 
   
   
 
 
   
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   
 

Intendencias de

      Aduana

Regímenes Aduaneros

Marítima    del Callao

Importación    para el consumo.

Paita

-    Importación para el consumo.

        -    Admisión temporal para reexportación

        en    el mismo estado.

        -    Admisión temporal para

        perfeccionamiento    activo.

Salaverry

Chimbote

Pisco

Mollendo

Ilo



Vigencia: 25.04.2017

Clic para descargar Norma

Nuestros Productos


prod
prod
prod
prod
prod
prod
prod
prod