Noticia Laboral
Pautas para los feriados del 25 de diciembre y 1 de enero del 2020
20 de Diciembre de 2019 | LaboralLa abogada laboralista, Cristina Oviedo, sostuvo que los trabajadores que laboren el 25 diciembre y el 1 de enero del 2020, sin que exista la correspondiente compensación con otro día de descanso, tendrán derecho a recibir un monto por el trabajo realizado en el día feriado, con una sobretasa del 100 %, tal como lo señala la normativa laboral.
Asimismo, indicó que se pueden solicitar el 24 y el 31 de diciembre a cuenta de vacaciones, toda vez que en enero es un mes en el que la carga procesal suele ser menor, puesto que los empleadores tienen a coordinar con sus trabajadores la programación de vacaciones.
Fecha de publicación: 20/12/2019.
Fuente: diario El Peruano.
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