Noticia Tributaria


La presentación de declaración jurada rectificatoria no enerva el derecho a acceder al beneficio del IGV Justo

15 de Enero de 2020 | Tributario

A través del Informe N.° 196-2019-SUNAT/7T0000 se concluye que la opción de prórroga del plazo de pago del IGV para la micro y pequeña empresa – “IGV Justo”, ejercida en la declaración jurada del IGV dentro de la fecha de vencimiento de un determinado periodo es el acto que tiene efectos constitutivos para el nacimiento de dicho beneficio, por lo que la presentación de una declaración jurada rectificatoria de la obligación tributaria de dicho periodo no enerva el acceso a dicho beneficio.

Fecha de publicación: 14/01/2020
Fuente: Web de SUNAT

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