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APRUEBAN REUBICACIÓN DIRECTA DE EX TRABAJADORES INSCRITOS EN EL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES CESADOS IRREGULARMENTE QUE OPTARON POR LA REINCORPORACIÓN Y LA REUBICACIÓN LABORAL
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Dispositivo |
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Resolución Ministerial Nº 125-2008-TR |
Fecha de publicación |
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Sábado, 10 de mayo de 2008 |
Fecha de vigencia |
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Domingo, 11 de mayo de 2008 |
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Mediante la referida Resolución Ministerial se establece la reubicación directa de los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente que optaron por la reincorporación y la reubicación laboral previstas por la Ley Nº 27803.
Recordemos que mediante la Ley Nº 27803 y la Resolución Ministerial Nº 107-2006-TR se aprobó el proceso de reincorporación y reubicación laboral de personal cesado de manera irregular, así como las facultades, el procedimiento, y acciones a ejecutar para el desarrollo de dicho proceso en las diversas entidades y empresas del Estado. En ese sentido, la presente norma tiene como finalidad complementar la ejecución de dicho proceso estableciendo una lista de ex trabajadores que serán reubicados tanto en Sedapal como en Petróleos del Perú.
Cabe señalar que las empresas mencionadas en el anexo de la norma bajo comentario, deberán reubicar a los ex trabajadores en el plazo de cinco días hábiles de su publicación.
Ver Anexo
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MINISTERIO DE TRABAJO MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)
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Dispositivo |
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Resolución Ministerial Nº 127-2008-TR |
Fecha de publicación |
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Lunes, 12 de mayo de 2008 |
Fecha de vigencia |
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Martes, 13 de mayo de 2008 |
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Con la presente resolución ministerial, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) modifica la base legal y el plazo de calificación del procedimiento Nº 4 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), referido a los procedimientos de Suspensión temporal perfecta de labores por caso fortuito o fuerza mayor.
Sobre el particular, se establece que el MTPE tiene un plazo máximo de 6 días para efectuar la verificación de la existencia y procedencia de la causa invocada y 2 días para pronunciarse y emitir la resolución respectiva.
El indicado procedimiento tiene como base legal el artículo 15 del Decreto Supremo Nº 003-97-TR, Texto Único del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad y el artículo 23 del Decreto Supremo Nº 001-96-TR, Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo.
Para mayor detalle, se adjunta anexo normativo conteniendo las modificaciones.
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MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ADUANAS
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El proyecto de modificación de la Ley de Aduanas, en el cual están interviniendo el Ministerio de Economía, Aduanas, el Ministerio de Comercio Exterior y el Ministerio de la Producción estaría próximo a culminarse en junio. Al respecto, uno de los aspectos que pretende modificarse es el relativo a la aplicación de la prenda aduanera, en mérito al cual las mercancías no se retiran de Aduanas hasta la culminación del trámite correspondiente toda vez que la prenda es la propia mercancía, con la modificación se establecería la aplicación de otras garantías que permitan el retiro de las mercancías y de existir alguna contingencia en el procedimiento, Aduanas podría acotar y si es necesario ejecutar la garantía otorgada por el importador. |
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ACREEDORES SERÁN LA PRIORIDAD EN LA LEY CONCURSAL
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En el marco de las facultades que el Congreso otorgó al Ejecutivo para legislar en diversas materias con el fin de que realice la implementación del TLC suscrito con EE.UU, Indecopi ha preparando un proyecto de modificación de la Ley General del Sistema Concursal.
El proyecto, en principio, reza sobre la mayor importancia que se le dará a la protección del crédito, siendo esta el principal objetivo que persiga la norma, a diferencia de lo regulado actualmente, que está enfocado a obtener la permanencia de la unidad productiva. |
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De otro lado, se propone la ampliación de facultades de la Comisión de Procedimientos Concursales para que puedan dictar las medidas correctivas necesarias para declarar la inoponibilidad de los actos que perjudiquen el patrimonio concursal.
Finalmente, el cambio más sonado que se propone viene referido a la preferencia del cobro de los créditos. En efecto, en virtud del proyecto los créditos obtenidos en procedimientos concursales ocuparán el segundo lugar en la preferencia luego de los laborales y alimenticios. |
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Conozca las diferencias entre los días “feriados” y los días “no laborables” . A propósito de la celebración de la V Cumbre y del APEC
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Ver anexo adjunto |
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- Con motivo de la V Cumbre de los Jefes de Estado y de Gobiernos de América Latina, el Caribe y la Unión Europea – 2008, se ha prorrogado las fecha de vencimiento para efectuar la declaración y pago de la obligaciones tributarias correspondientes a los periodos tributarios abril y octubre del 2008, para aquellos deudores tributarios que no sean Buenos Contribuyentes o Unidades Ejecutoras del Sector Público y que cumplan con lo siguiente:
- Su domicilio fiscal se encuentre ubicado en la Provincia de Lima o en la Provincia Constitucional del Callao; y
- El último dígito del número de su Registro Único de Contribuyentes (RUC) sea 0, 1 u 8, 9, según el mes al que corresponde la obligación.
Para tal efecto, los deudores tributarios tendrán en cuenta las fechas de vencimiento que se detallan a continuación:
MES AL QUE CORRESPONDE LA OBLIGACIÓN |
FECHA DE VENCIMIENTO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL NUMERO DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES (RUC) |
ABRIL 2008 |
0 |
1 |
19 de mayo de 2008 |
20 de mayo de 2008 |
OCTUBRE 2008 |
8 |
9 |
24 de noviembre de 2008 |
25 de noviembre de 2008 |
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Faltan tres días para que venza el pago a Conafovicer. |
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Faltan tres días para que venza el pago de depósito de CTS. |
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Faltan siete días para que venza el pago a Senati. |
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SEGUNDA QUINCENA - ABRIL 2008
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NUEVA REGULACIÓN SOBRE LOS REQUISITOS FORMALES PARA EJERCER EL DERECHO AL CRÉDITO FISCAL |
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Casuística relacionada con los requisitos formales para utilizar el crédito fiscal. |
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Los gastos no susceptibles de control tributario y su tratamiento en la Ley del Impuesto a la Renta. |
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Tratamiento contable y tributario de las diferencias de cambio |
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Jurisprudencia comentada: Efectos de la calificación de las operaciones como no reales. |
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Procedimiento tributario: ¿Cómo actualizar la deuda tributaria con el IPC? |
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Informe de la Sunat: Cálculo de los intereses cuando se cancela el total de la deuda acogida a un fraccionamiento antes del vencimiento del plazo establecido para el pago de las cuotas. |
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Obligaciones laborales derivadas de la CTS. |
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Conozca las diferencias entre los días “Feriados” y los días “No Laborables”: a propósito de la celebración de la V Cumbre y del APEC |
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