Tipo de norma: Circular BCRP
Número de norma: N° 0023-2025-BCRP
Fecha de publicación: Sábado, 13 de diciembre de 2025
Como es de conocimiento general, el Banco Central de Reserva del Perú, en ejercicio de las facultades conferidas por su Ley Orgánica, se encuentra habilitado para conceder créditos con fines de regulación monetaria a las empresas del sistema financiero, a efectos de preservar la estabilidad del sistema monetario y financiero.
En ese contexto, mediante la presente se dispone actualizar las condiciones y requisitos aplicables al Crédito de Regulación Monetaria (CRM), precisándose que dicho crédito podrá ser otorgado, a través de operaciones directas, a las empresas del sistema financiero que operen en el país y que no se encuentren sometidas al régimen de vigilancia establecido en la Ley General del Sistema Financiero. Asimismo, se establece que el CRM podrá ser concedido para cubrir requerimientos de encaje, bajo la modalidad de créditos a un día hábil.
Adicionalmente, se regulan aspectos relevantes del CRM, tales como el monto máximo, el plazo, la tasa de interés, la forma de otorgamiento, las garantías exigibles y los procedimientos aplicables en caso de intervención o liquidación de la entidad beneficiaria, facultando al BCRP a ejecutar las garantías o a compensar el crédito con los recursos que la empresa mantenga en sus cuentas en el Banco Central.
Vigencia: 14/12/25