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Arrendadores, atentos: la Ley 32430 cambia el pago de renta por alquileres y alivia tu carga fiscal

 La nueva Ley N.° 32430, que introduce el concepto de “arrendamiento justo” en la Ley del Impuesto a la Renta, busca aliviar la carga tributaria de los propietarios de inmuebles que enfrentan morosidad o contratos informales.

Hasta ahora, las rentas de primera categoría —ingresos obtenidos por alquileres de inmuebles percibidos por personas naturales— se declaraban bajo el método del devengado. Es decir, el contribuyente debía pagar el 5 % del monto pactado, aunque el arrendatario no hubiera cumplido con el pago.

Con la nueva disposición, el impuesto se calculará con el método de lo percibido, aplicándose solo sobre los ingresos efectivamente cobrados. De esta manera, el propietario ya no pagará tributo por rentas impagas, explicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Álvaro Gálvez Calderón.

De acuerdo con la exposición de motivos de esta norma, el cambio busca evitar la carga tributaria sobre ingresos no cobrados, especialmente en contextos de morosidad y contratos informales. «Con ello, se busca proteger al pequeño arrendador y fomentar la formalización del mercado inmobiliario», preciso el experto.

Implicancias para los propietarios

La reciente modificación, permitirá reducir la carga tributaria de las personas naturales, arrendadores de inmuebles, en casos de incumplimiento de pago por parte del arrendatario.

Pero, a la par, creará la necesidad de una mayor documentación para acreditar la percepción efectiva del ingreso (transferencias, depósitos, etc.); y de otro lado, siempre puede presentarse un riesgo de incremento en las fiscalizaciones que realice SUNAT, para verificar la veracidad de lo percibido.

Al respecto, el experto recomendó a los perceptores de rentas de primera categoría, sobre la necesidad de implementar sistemas de control de sus ingresos percibidos; así como formalizar contratos de arrendamiento con cláusulas claras sobre pagos con exigencias de bancarización, y adoptando medidas que puedan cubrir contingencias, como conservar comprobantes de pago, las transferencias bancarias y recibos de pago, entre otros.

El Ministerio de Economía y Finanzas tendrá 90 días para adecuar el reglamento. La aplicación del “arrendamiento justo” entrará en vigor el 1 de enero de 2026, en concordancia con el principio de anualidad tributaria.

Fuente: El Peruano

Fecha: 05/09/2025

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.