RESUMEN
En este artículo analizaremos si los gastos que realizan las empresas por festividades laborales (como el Día del Trabajo, de la Madre o del Padre) cumplen con los requisitos para ser considerados deducibles tributariamente. A partir de ello reflexionaremos sobre su tratamiento tributario, según su naturaleza.
Marco Antonio HERRADA CÓRDOVA
Palabras claves: Impuesto a la Renta / IGV / Gastos recreativos / Agasajos a trabajadores/ Retiro de bienes/ Crédito fiscal/ Obsequios a trabajadores/ Días festivos
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