La Comisión Permanente aprobó por mayoría, en primera votación, el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 13592/2025-PE, que propone modificar la Ley del Impuesto a la Renta a fin de adecuar el pago del impuesto de primera categoría al criterio del percibido.
La iniciativa legislativa fue aprobada con 16 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones.
Durante la sustentación, el congresista Víctor Flores Ruiz (bancada FP), presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, explicó que la propuesta introduce un criterio de justicia tributaria para los arrendadores, quienes hasta ahora se veían obligados a pagar el impuesto aun cuando el alquiler no había sido efectivamente cancelado por el arrendatario.
El legislador señaló que, tal como lo advierte el Poder Ejecutivo, el artículo 84 de la Ley del Impuesto a la Renta, que regula los pagos a cuenta por rentas de primera categoría, mantiene el criterio del devengado, lo cual resulta incompatible con la modificación introducida por la Ley 32430, que establece el criterio del percibido. En ese sentido, resulta necesario adecuar la normativa vigente.
El dictamen plantea la modificación del primer párrafo del artículo 84, a fin de establecer que los contribuyentes que obtengan rentas de primera categoría abonen, con carácter de pago a cuenta, un monto calculado en función de la renta bruta efectivamente percibida.
De acuerdo con la propuesta, el pago a cuenta se determinará aplicando la tasa del 6,25 % sobre el importe que resulte de deducir el 20 % de la renta bruta percibida, utilizando para estos efectos el recibo por arrendamiento aprobado por la SUNAT, que el arrendador obtenga con ocasión del pago realizado, conforme al procedimiento que establezca el reglamento de la ley.
Fuente: Centro de Noticias del Congreso
Fecha: 17/12/25