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Sunat designa y excluye agentes de retención del IGV

Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia
Número de Norma: Nº 000367-2025/SUNAT
Fecha de Publicación: Domingo, 07 de diciembre de 2025

Como es de conocimiento general, el artículo 10 del TUO del Código Tributario establece que la Administración Tributaria puede designar como agentes de retención a los sujetos que considere en disposición de efectuar la retención de tributos.

Bajo dicho marco, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 037-2002/SUNAT se creó el Régimen de Retenciones del Impuesto General a las Ventas (IGV) y se designó a determinados contribuyentes como agentes de retención.

Posteriormente, la Resolución de Superintendencia Nº 000229-2024/SUNAT realizó la última actualización del padrón de agentes de retención del IGV. No obstante, a fin de asegurar el adecuado funcionamiento del régimen y considerando la dinámica operativa de los contribuyentes, resulta necesario efectuar una nueva actualización del referido padrón.

En ese contexto, mediante la presente se dispone la designación y exclusión de agentes de retención del IGV, con el objetivo de garantizar la eficiencia del Régimen de Retenciones mediante la actualización permanente de su padrón.

Vigencia: 01/02/25

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.