Tipo de norma: Resolución Ministerial
Número de Norma: N° 253-2025-MINCETUR
Fecha de publicación: Jueves, 11 de setiembre de 2025
Como es de conocimiento general, el 27 de junio se publicó la Ley N° 32392, Nueva Ley General de Turismo con el objetvo de promover, incentivar y regular el desarrollo sostenible y competitivo de la actividad turística, a fin de establecer el marco normativo integral de la actividad turística para impulsar el crecimiento económico
La referida ley dispuso la creación de Zonas Especiales de Desarrollo Turístico (ZEDT) y diversos incentivos tributarios como la recuperación anticipada del IGV para inversión turística, deducción en IR personas naturales, tasas especiales de IR, entre otros.
La Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32392, Nueva Ley General de Turismo, establece que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprueba el reglamento de la referida ley en un plazo de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir de su publicación.
Dicho la anterior, mediante la Resolución Ministerial N° 253-2025-MINCETUR se dispone la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32392, Nueva Ley General de Turismo” con el objeto de recibir comentarios y sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas, dentro del plazo de veinte (20) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.
Los comentarios, aportes o sugerencias sobre el proyecto de Decreto Supremo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidos hasta el 01 de octubre de 2025 a la dirección electrónica: rlozano@mincetur.gob.pe, dirigido a la Dirección de Normatividad y Calidad Turística de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico, órgano encargado de recibir, evaluar y consolidar los comentarios, aportes o sugerencias.