SUNAT: Los ingresos percibidos por una sociedad conyugal por la venta de un inmueble construido para la venta se considera renta de tercera categoría

Mediante el Informe Nº 123-2013-SUNAT/4B0000 se concluye que tratándose de un edificio de departamentos construido para la ventaXNT de estos, los ingresos por la primera venta de uno de tales departamentos que efectúan ambos cónyuges, propietarios de estos, se encuentran gravados con el Impuesto a la Renta de tercera categoría, correspondiendo dicho tratamiento a ambos cónyuges, aun cuando dicha construcción haya sido hecha por uno de los cónyuges cuya actividad económica es la construcción de edificios y el otro cónyuge sea una persona natural sin negocio.Fuente: www.sunat.gob.pe

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