Sunat ejercerá facultad de no sancionar infracciones

Como parte de las medidas para promover la reactivación económica y las actividades comerciales de los negocios, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ejercerá su facultad discrecional para no aplicar sanciones por infracciones cometidas antes de la cuarentena, establecida por el Poder Ejecutivo para enfrentar la pandemia por el covid-19.Conforme a la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000001-2021-Sunat/700000, publicada en edición extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la entidad recaudadora no sancionará determinadas infracciones en las que los contribuyentes hayan incurrido hasta el 15 de marzo del 2020, en las que se requiere el traslado de los infractores a sedes administrativas para subsanarlas.DirectricesEntre las infracciones que se tratarán con discrecionalidad destacan la de no emitir y/o no otorgar comprobantes de pago, no exhibir libros y registros, no proporcionar información o documentación que sea requerida por la Sunat sobre las actividades del contribuyente o aquellas que realizó con terceros y, por último, no presentarse a una reunión programada o hacerlo fuera del plazo establecido.En el contexto de la actual situación económica del país derivada de los efectos del covid-19, resulta conveniente que la entidad recaudadora continúe ejecutando acciones que coadyuven al proceso gradual de la recuperación económica de los negocios, priorizando también la protección de la salud de los contribuyentes, razón por la cual la medida adoptada es oportuna y necesaria, indicó la Sunat.Precisó que el alcance de la medida comprenderá a las personas naturales con negocio y los contribuyentes del Nuevo RUS, es decir, las pequeñas y medianas empresas o aquellos emprendimientos que actualmente tienen un papel protagónico promoviendo la reactivación de los diferentes sectores de la economía.Para obtener más información, los contribuyentes se pueden comunicar con la central de consultas telefónicas de la administración tributaria al 0-801-12-100 o 315-0730 y desde su celular llamando al *4000 o visitar el portal www.sunat.gob.pe, en el que el administrado recibirá la respectiva orientación y asistencia sin necesidad de salir de casa.Fuente: El PeruanoFecha: 09/01/2021

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