Reglamento en seguridad ocupacional es obligatorio para las empresas con más de 20 trabajadores

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) remarcó que todos los empleadores con 20 o más trabajadores están obligados a contar con un reglamento interno, al igual que con un comité de seguridad y salud en el trabajo, cuyo fin es garantizar los medios y condiciones que permitan proteger la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores en el centro laboral.En ese sentido, dicho reglamento deberá contener los objetivos, alcances, atribuciones y obligaciones del empleador y supervisores, entre otros. Por otro lado, el comité de trabajo deberá estar conformado por no menos de cuatro ni más de doce miembros, para lo cual se debe tener en cuenta el nivel de riesgo y el número de los trabajadoresAsimismo, la Sunafil advirtió que las empresas con menos de 20 trabajadores están obligadas a garantizar la elección de un supervisor de seguridad y salud en el trabajo, así como asegurar las condiciones laborales que protegen la vida del trabajador.Fecha de publicación: 25/04/2019Fuente: diario El Peruano

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