Noticias Tributaria

viernes, 16 de noviembre de 2012
SUNAT se pronunció sobre el servicio de fabricación de bienes por encargo y servicios de impresión para efectos de la aplicación del SPOT
A través del Informe Nº 103-2012-SUNAT/4B0000, la Administración Tributaria se ha pronunciado sobre los temas de la referencia, debido a la formulación de las siguientes consultas:

• Si se encuentra sujeto al SPOT el servicio que prestan las empresas que se dedican a la fabricación de bienes a pedido, cuyos clientes indican especificaciones y proporcionan un logotipo mediante un disco compacto o un link en internet a efecto que sea reproducido y colocado en dichos bienes.

• Si el servicio de impresión en el que los clientes únicamente proporcionan el diseño que desean que se les imprima, el cual es entregado en un disco compacto u otro medio físico, sin proporcionarse ningún material, califica como un servicio excluido de “ Demás servicios gravados con IGV”.

Al respecto, concluye que los servicios de elaboración de bienes, en los cuales los clientes únicamente proporcionan diseños o logotipos que son entregados al prestador de servicios mediante un link de internet, un disco compacto u otro medio físico, sin proporcionarse material alguno para la elaboración de dichos bienes, no se encuentran sujetos al SPOT.

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