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lunes, 09 de febrero de 2015
APRUEBAN DIRECTIVA “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EMISIÓN, REGISTRO Y CONTROL DE LAS CERTIFICACIONES MÉDICAS POR INCAPACIDAD Y MATERNIDAD EN ESSALUD”
Número de la norma:1311-GG-ESSALUD-2014
Tipo de Norma:RESOLUCION
Fecha de publicación:lunes, 09 de febrero de 2015
Mediante esta resolución se aprueba la Directiva Nº 015-GG-ESSALUD-2014, “Normas y Procedimientos para la Emisión, Registro y Control de las Certificaciones Médicas por Incapacidad y Maternidad en ESSALUD”, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución.

Además, se modifican los siguientes apartados de la Directiva Nº 08-GG-ESSALUD-2012:

•El literal e) del punto 6 (de los conceptos de referencia).
•El literal c) del numeral 7.1.1 (referido a los requisitos para solicitar el subsidio por incapacidad temporal).
•El literal b) del numeral 7.1.2 (referido a los requisitos para solicitar el subsidio por maternidad).
•El sexto, sétimo y octavo párrafo del numeral 8.1.3 (sobre el inicio y duración del derecho al subsidio).
•El literal b) del numeral 8.1.5 (sobre la extinción y pérdida del derecho al subsidio).
•Dejar sin efecto el numeral 9 (Incapacidades Temporales Prolongadas), el cual será reemplazado por los conceptos vertidos en los numerales 6.2.2.3.2, 6.2.2.5 y 6.2.2. 7 de la Directiva que se aprueba mediante la presente resolución.

Finalmente se dejan sin efecto los siguientes dispositivos:

•La Directiva Nº 16-GG-ESSALUD-2001, “Procedimiento para Distribución, Emisión, Registro y Control de Certificados de Incapacidad Temporal para el Trabajo CITT”, aprobada por Resolución de Gerencia General Nº 654-GG-ESSALUD-2001.
•La Resolución de Gerencia General Nº 225-GG-ESSALUD-2002, que dispuso la utilización del Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo Mecanizado, en el ámbito nacional.
•La Directiva Nº 06-GG-ESSALUD-2009, “Normas para el Canje de Certificados Médicos Particulares por el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo - CITT”, aprobada por Resolución de Gerencia General Nº 379-GGESSALUD-2009,
•El Manual de Auditoría de Certificaciones Médicas”, aprobado por Resolución Nº 143-GCPEySESSALUD-2007.
•El Formulario 8004 denominado “Informe Médico de Incapacidad Ley Nº 26790” y las instrucciones aprobadas por Resolución Nº 058-GCPEyS-ESSALUD-2008.
•El Formulario Nº 04 denominado “Formulario para Trámite de Canje de Certificados Médicos Particulares”, aprobado por Resolución Nº 183-GCPEyS-ESSALUD-2013.
•Todo aquello que se oponga a lo dispuesto en la presente resolución.

La Directiva aprobada con la presente resolución entrará en vigencia a los sesenta (60) días contados desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, excepto los numerales 6.2.1.5.7 y 6.2.1.5.8 de la citada Directiva, que regulan la emisión del CITT electrónico, el cual entrará en vigencia desde el día siguiente de la aprobación de la presente resolución.

Fecha de vigencia :Martes, 10 de febrero de 2015

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