Jurisprudencias
| Resolución Nº | : | 10885-33015 |
| Expediente Nº | : | 8948-2014 |
| Asunto | : | Responsabilidad Solidaria |
| Procedencia | : | Loreto |
| Fecha | : | 10/11/2015 |
| Publicación | : | 28/11/2015 |
| Criterio | : |
Los contratos de consorcio que llevan contabilidad independiente a la de sus partes contratantes no son contribuyentes respecto de las demás aportaciones a ESSALUD ni pueden ser considerados agentes de retención respecto de las aportaciones a la ONP. Ello se debe a que los referidos contratos no han sido señalados expresamente por las normas que regulan las mencionadas aportaciones como sujetos de derechos y obligaciones respecto de éstas. |
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