Informe de Sunat: Se absuelve consulta sobre momento en que surte efecto una declaración rectificatoria de IGV-Renta Mensual

Sunat ha publicado en su página web institucional el Informe N° 150-2020-SUNAT/7T0000, en el mismo concluye lo siguiente:”En el supuesto que mediante el PDT N.º 0621 IGV-Renta Mensual se presente una declaración jurada rectificatoria del IGV dentro del plazo de prescripción, que modifique las casillas 140 o 145 a un menor monto, resultando en la casilla 184 un mayor importe que el inicialmente declarado para establecer si dicha declaración surtirá efectos con su presentación o dentro de los 45 días hábiles en caso la Administración Tributaria no emitiera pronunciamiento, deberá tomarse en cuenta la casilla 140 del citado PDT en la que se consigna la diferencia entre el impuesto bruto y el crédito fiscal del mes por el cual se presenta tal formulario.”Texto completo: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2020/informe-oficios/i150-2020-7T0000.pdf Fecha de publicación: 23.03.2021Fuente: Web Sunat

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