Jurisprudencia
Queja
4 de Noviembre de 2017 | Jurisprudencia
Resolución Nº : 03500-Q-2017
Expediente Nº : 5521-2017
Asunto : Queja
Procedencia : Lima
Fecha : 2017-10-30
Publicación : 2017-11-04
La presente resolución constituye precedente de observancia obligatoria:
“ Vencido el plazo de un año de la fiscalización definitiva, la excepción al plazo de fiscalización establecida por el numeral 3) del artículo 62-A del Código Tributario sólo es aplicable a los requerimientos mediante los que se solicite información y/o documentación relacionada con la aplicación de las normas de precios de transferencia. En tal sentido, la Administración no podrá requerir al administrado información y/o documentación adicional a la solicitada durante el plazo del referido procedimiento por aspectos que no involucren la aplicación de las normas de precios de transferencias”.
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