Norma del Día


Modifican el Reglamento de la Ley que autoriza la contratación de pensionistas de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas

6 de Junio de 2017 | Norma del Día

Tipo Norma                          : Decreto Supremo
Número de la Norma          : N° 016-2017-IN
Fecha de publicación          : 2017-06-06


A través del presente dispositivo se modifican los artículos 1, 2 y 7 del reglamento de la Ley Nº 30026, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2014-IN. Según dichas modificaciones se establece que el referido reglamento tiene por finalidad garantizar las condiciones en las que las entidades e instituciones públicas y las empresas del Estado deben realizar la contratación de pensionistas de la Policía Nacional del Perú (PNP) y de las Fuerzas Armadas (FFAA) que están en aptitud de prestar servicios especializados en materia de seguridad ciudadana, seguridad nacional, así como servicios administrativos, conforme a las necesidades de servicio y requerimientos técnicos de la entidad contratante.

Asimismo, se dispone que la autorización para contratar al referido personal faculta el pago de remuneración en un solo empleo, sin admitir la posibilidad que pueda percibirse ingresos simultáneos de dos o más prestaciones de servicios, salvo cuando uno de ellos provenga del ejercicio de docencia o constituya dieta por participar en algún directorio de empresa o entidad pública.

Por último, se incorpora el literal i) al artículo 2, así como los artículos 9 y 10. Según estos últimos, se indica que la contratación del personal pensionista de la PNP y las FFAA se encuentra sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos para el perfil del puesto, así como lo establecido en el proceso de selección, y que la condición de pensionista no otorga puntaje adicional en el proceso de selección.

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