Norma del Día


Decreto Supremo que precisa la designación y los límites de empleados de confianza en las entidades públicas

10 de Noviembre de 2016 | Norma del Día

A través del presente decreto, se establece que lo regulado en el numeral 2) del artículo 4 de la Ley N° 28175, que regula el cálculo del cinco por ciento (5%) de empleados de confianza en las entidades públicas, está referido a la sumatoria de los cargos ocupados y previstos en su Cuadro para Asignación de Personal o en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, más el número de servidores contratados bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios de la misma entidad.

Asimismo se establece que en ningún caso, el número de empleados de confianza será mayor a cincuenta (50), siendo que mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva debidamente justificada, SERVIR puede establecer excepciones debidamente justificadas a este tope, el cual deberá ser publicado en el diario oficial El Peruano.

Por último, se dispone que en ningún caso los empleados de confianza  y servidores designados o removidos libremente serán un número superior al cinco por ciento (5%) de servidores públicos existentes en cada entidad.

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