Noticia Laboral


Pautas para el pago de horas extras a trabajadores de confianza

25 de Setiembre de 2017 | Laboral

La Corte Suprema ha establecido, en la Casación Nº 14847-2015 Del Santa, que los trabajadores de confianza que no tienen horario de trabajo fiscalizado, no tienen derecho al pago de horas extras. En, ese sentido consideró que al trabajador de confianza solo le corresponde el pago de horas extras si su labor se efectúa sujeta a fiscalización horaria.

Sobre el particular, el abogado laboralista Jorge Luis Acevedo indicó que esta afirmación encuentra asidero legal en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 007-2002-TR debido a que los trabajadores de confianza no están excluidos de la jornada máxima, siendo en realidad el factor clave el estar sujeto o no a una fiscalización inmediata.

Fecha de publicación: 25/09/2017.
Fuente: diario El Peruano

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