Noticia Laboral
Empleadores deberán reportar puestos esenciales hasta el 31 de marzo
26 de Enero de 2018 | LaboralSegún regula el artículo 78 de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y el artículo 67 de su Reglamento, el miércoles 31 de marzo del presente año vence el plazo para que las empresas cumplan con presentar la relación de los trabajadores que cubrirán los puestos indispensables cuya paralización pueda poner en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata de las actividades ordinarias empresariales una vez concluida una huelga.
Dicha relación deberá ser remitida a los trabajadores o sindicato y a la Autoridad Administrativa de Trabajo. Asimismo, esta comunicación tiene que comprender el número y ocupación de los trabajadores necesarios para el mantenimiento de los servicios, horarios y turnos, así como la periodicidad en que deban producirse los reemplazos.
Al respecto el abogado laboralista Brian Ávalos Rodríguez comentó que la finalidad de esta disposición es evitar la paralización total en caso de huelga, considerando que la obligación atañe a cualquier empresa en la que exista o no un sindicato. En ese sentido, sugirió a las empresas cumplir con esta obligación a fin de evitar contingencias ante futuras paralizaciones o huelgas, así como, clasificar e informar los puestos esenciales de trabajo para mantener las operaciones o reanudar la producción luego de una huelga.
Fecha de publicación: 26/01/2018.
Fuente: diario El peruano.
Suscripción 2018
Recibe Gratis estos productos al SuscribirseMas Noticias
-
MEF: Cerramos el 2017 con un crecimiento menor al previsto
30 de Enero de 2018 | Tributaria
La ministra de Economía y Finanzas, Claudia Cooper, indicó que la economía de nuestro país habría cerrado con un crecimiento…
-
Javier Barreda: En la gran empresa existe un 18 % de informalidad
29 de Enero de 2018 | Laboral
Según el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Javier Barreda, en la gran empresa existe un 18 % de…
-
Establecen disposiciones técnicas y medidas complementarias al Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de los Obreros Municipales del Perú, aprobado por D.S. Nº 017-2017-TR
31 de Enero de 2018 | Normas del Dia
Por intermedio de la presente resolución se establecen las disposiciones técnicas y las medidas complementarias al Reglamento de Seguridad y…
-
Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas y Multas
29 de Noviembre de 2017 | Jurisprudencia
La presente resolución constituye precedente de observancia obligatoria: “Se cumple con el dato minimo que coniste en indicar “el carácter definitivo o parcial del procedimiento de fiscalización”, previsto por el…
- Mas Noticias

