Noticia Laboral
CS: Afectación de la personalidad merece reparación económica
6 de Diciembre de 2016 | LaboralA través de una reciente sentencia, la Corte Suprema (CS) determinó que un accidente laboral que dejo incapacitada a una trabajadora - en forma total y permanente para el trabajo por tener un menoscabo del 70 % en sus capacidades físicas - se podría cuantificar en una indemnización de S/ 800 mil.
Los magistrados consideraron que esta situación física de la trabajadora ocasionada por el accidente le provocó un dolor intenso en su esfera subjetiva (afectación de su personalidad).
Cabe precisar, que la trabajadora ocupaba el cargo de gerente entrenamiento y desarrollo en una empresa de productos de belleza, por lo que se estimo el daño utilizando únicamente criterios de equidad. De ese modo, se confirman anteriores criterios expuestos por la CS en donde se indica que el dolor, angustia física o espiritual, deterioro de imagen, merma en su calidad de vida, problemas familiares y otros, son suficiente motivación para ordenar el pago de una reparación monetaria.
Fecha de Publicación: 06/12/2016
Fuente: Diario Gestión
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