Noticia Laboral


Corte Suprema prohíbe uso de esquirolaje interno

22 de Junio de 2017 | Laboral

La Corte Suprema ha determinado, en la Casación Previsional Nº 3480-2014 Lima, que durante la huelga, el empleador no podrá sustituir a los trabajadores que ejercen dicho derecho con personas de otras áreas.

Es así que, a criterio de la Suprema, en una huelga la sustitución de trabajadores no solo afecta directamente a quienes la acatan, sino también al sindicato, al personal que no ejerce ese derecho y que desean seguir laborando, a quienes no están afiliados al sindicato y al empleador.

Además, siendo la huelga un instrumento de presión, la Sala considera que la sustitución de los trabajadores que la ejercen, ya sea con personal interno, contratado o de terceros, disminuirá sus efectos. Por ende, toda medida destinada a reducir o eliminar los efectos de una huelga legítima deviene en prohibida.

Fecha de publicación: 22/06/2017.
Fuente: diario El Peruano.

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