Noticia Tributaria


Discrepancia con el último precedente de observancia obligatoria del Tribunal Fiscal

27 de Julio de 2017 | Tributario

De acuerdo con lo establecido en la Resolución del Tribunal Fiscal de observancia obligatoria N° 05359-3-2017 publicado el 08/07/2017, se deberán aplicar los intereses moratorios y sanciones por los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, cuando la Sunat determinare un monto mayor en una fiscalización posterior.

Sin embargo, esta decisión contraviene un pronunciamiento anterior de la Corte Suprema, que tiene carácter de precedente vinculante a nivel judicial (CAS N° 4392-2013-Lima), el cual señala que no proceden los intereses moratorios de pagos a cuenta, cuando se modifique el porcentaje de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta.

Por su parte el tributarista Walker Villanueva comentó que resulta extraño que el Tribunal Fiscal cree su propia jurisprudencia y se aleje del criterio de la Corte Suprema con lo cual se ocasiona una falta de coherencia y respeto al principio de jerarquía y sobre todo seguridad jurídica.

Fecha: 27.07.2017
Fuente: Diario Gestión

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