Norma del Día
Decreto de Urgencia que establece medidas en materia de los recursos humanos del Sector Público
23 de Enero de 2020 | Norma del Día
Tipo Norma : Decreto de Urgencia
Número de la Norma : N° 016-2020
Fecha de publicación : 2020-01-23
En ese sentido, se ha previsto reglas para el ingreso a las entidades del sector público por concurso público, programas y proyectos especiales, régimen CAS. Del mismo modo, se fijan reglas para el ingreso por mandatos judiciales que ordenen la reposición, la reincorporación o el reconocimiento de vínculo laboral, así como para las medidas cautelares.
Se precisa que no puede solicitarse conjuntamente, sea en sede administrativa y/o judicial, la reposición, reincorporación o el reconocimiento de vínculo laboral y la indemnización así se trate de pretensiones subordinadas. Asimismo, cuando se solicite el pago de la indemnización, se excluye la pretensión de reposición, reincorporación o el reconocimiento de vínculo laboral; y, viceversa. Se trata de pretensiones alternativas y excluyentes entre sí.
Respecto al pago de la indemnización se establece que equivale a una compensación económica y media mensual o remuneración y media mensual por cada año completo de prestación de servicios, según corresponda al régimen laboral al que pertenezca, hasta un tope de doce (12) compensaciones económicas o remuneraciones mensuales. Las fracciones de año se abonan por dozavos y treintavos. No procede la indemnización en el caso de las servidoras públicas o los servidores públicos de confianza. Para el cálculo se debe tomar como referencia la última remuneración mensual o compensación económica percibida por el demandante en la entidad en la cual ha laborado o ha prestado servicios.
La norma también ha dispuesto la prohibición de ingreso de personal al régimen del Decreto Legislativo Nº 276, así como el procedimiento especial para el tránsito al régimen del Servicio Civil de las entidades públicas que iniciaron sus operaciones o funcionamiento a partir del año 2014.
Otras disposiciones están relacionadas al ingreso de profesores del Ministerio de Defensa a la carrera pública magisterial, el ingreso de docentes del Ministerio de Defensa a la carrera pública de docentes, ingreso de docentes al Centro de Formación en Turismo, ordenamiento de percepción de ingresos y adecuación de cargos del personal del Sector Salud, contratación de Procuradores Públicos, beneficio de jubilación en el marco de la Ley Nº 27803, entre otros.
Por último, se deroga la Ley Nº 24041, la cual dispuso que los servidores públicos contratados para labores de naturaleza permanente con más de un año ininterrumpido de servicios no pueden ser cesados ni destituidos salvo excepciones
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