Norma del Día


Decreto Supremo que otorga facilidades a miembros de mesa y electores en el marco de las elecciones para un nuevo Congreso

22 de Enero de 2020 | Norma del Día

Tipo Norma                          : Decreto Supremo
Número de la Norma          : N° 006-2020-TR
Fecha de publicación          : 2020-01-22


Por motivo de las elecciones para un nuevo Congreso a llevarse a cabo el día 26 de enero de 2020, el presente Decreto Supremo ha dispuesto lo siguiente:

1.    Se declara el 27 de enero de 2020 como día no laborable de naturaleza no compensable para los ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa en las referidas elecciones. Para dicho efecto, deberán presentar a su empleador el Certificado de Participación entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Los empleadores del sector público y privado deben adoptar las medidas pertinentes para su cumplimiento.

2.    Los trabajadores del sector público y privado que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación no laborarán los días viernes 24, sábado 25, domingo 26 y lunes 27 de enero siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto. En el sector privado, la recuperación de los días no laborados se establecerá previo acuerdo entre las partes o a falta de este decide el empleador. En el sector público, se adoptarán medidas para garantizar la adecuada prestación de servicios de interés general disponiendo además la forma de recuperación de los días dejados de laboral.

3.    Aquellos trabajadores del sector público y privado que no se encuentren en el supuesto precedente, y cuya jornada coincida con el día de las elecciones tienen derecho a periodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho al voto. Si la jornada laboral de los miembros de mesa coincide con el día de las votaciones están facultados para no asistir a sus centros de labores; sin perjuicio de lo señalado en el numeral 1. En tal caso, los empleadores dispondrán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar.

Fecha de vigencia: jueves, 23 de enero de 2020.

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