Norma del Día


Formalizan acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaron los "Lineamientos para el otorgamiento de ajustes razonables a las personas con discapacidad en el proceso de selección que realicen las entidades del sector público"

20 de Octubre de 2019 | Norma del Día

Tipo Norma                          : Resolución de Superintendencia
Número de la Norma          : Nº 140-2019-SERVIR-PE
Fecha de publicación          : 2019-10-20


Por intermedio de la presente resolución se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaron los "Lineamientos para el otorgamiento de ajustes razonables a las personas con discapacidad en el proceso de selección que realicen las entidades del sector público".

En ese sentido, los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer las pautas para la solicitud e implementación de los ajustes razonables que requieran las personas con discapacidad que postulen a los procesos de selección que realicen las entidades públicas. Los cuales se emiten en cumplimiento de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1417, Decreto Legislativo que promueve la inclusión de las personas con discapacidad.

Asimismo, la finalidad de estos es establecer las disposiciones mínimas para que las entidades públicas implementen los ajustes razonables que soliciten las personas con discapacidad que postulen a los procesos de selección que convoquen, sin perjuicio de que cada entidad pública pueda reconocer y otorgar mayores beneficios.

Es así que, entre otras disposiciones que regula la presente normativa, la solicitud de los ajustes razonables que presenten las personas con discapacidad se inserta en la normativa general para los procesos de selección que convoquen las entidades públicas, según régimen laboral.

En esa misma línea, de acuerdo con el tipo y grado de discapacidad que presente el postulante con discapacidad, es válido que una persona de su confianza pueda acompañarlo durante el desarrollo del proceso de selección, bajo supervisión de personal de la entidad pública convocante, con el fin de procurar la igualdad de condiciones con los demás postulantes.

Además, la persona con discapacidad que es declarada como ganadora del proceso de selección  que realicen las entidades públicas, una vez formalizado el vínculo laboral con la entidad, adquiere los mismos derechos y obligaciones que los demás servidores que tienen vínculo laboral con la entidad pública. Esto incluye la aprobación del periodo de prueba respectivo, de ser el caso.

Fecha de vigencia: lunes, 21 de octubre de 2019

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