Norma del Día


Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción

11 de Julio de 2019 | Norma del Día

Tipo Norma                          : Decreto Supremo
Número de la Norma          : N° 011-2019- TR
Fecha de publicación          : 2019-07-11


Mediante el presente decreto se aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción que consta de tres (3) títulos, seis (6) capítulos, cuatro (4) subcapítulos, setenta y un (71) artículos, cuatro (4) disposiciones complementarias finales y cinco (5).

En ese sentido, el presente reglamento tiene por objeto establecer disposiciones mínimas en seguridad y salud en el trabajo para el sector construcción a nivel nacional, cuya finalidad es prevenir accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en el desarrollo del sector construcción, promoviendo una cultura de prevención de riesgos laborales en el país.

Asimismo, este reglamento es aplicable a todas las actividades del sector construcción, a nivel nacional, el cual comprende a los/las empleadores/as del sector privado, sus trabajadores/ras, cualquiera sea su modalidad de contratación o vínculo laboral, al igual que los contratistas, subcontratistas, empresas especiales de servicios o cooperativas de trabajadores/as, personas bajo modalidades formativas y trabajadores/as independientes; así como a quien, sin prestar servicios, se encuentre dentro del lugar de trabajo, en lo que les resulte aplicable.

De igual forma se regula los derechos y obligaciones tanto por parte de la empleadora como el trabajador, como también se establece el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo de la obra, entre otros.

En esa misma línea, dicho plan debe de considerarse desde la concepción del presupuesto, el cual debe incluir una partida específica denominada “Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo”, en la que se estima el costo de la implementación de los mecanismos técnicos y administrativos contenidos en el Plan, pues el/la empleador/a es responsable de que se implemente el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la obra, así como de garantizar su cumplimiento.

En ese sentido, en toda obra de construcción, contratistas y subcontratistas deben cumplir los lineamientos del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de el/la empleador/a y tomarlos como base para la elaboración de su Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, pues el/la empleador/a, a través del/de la jefe/a inmediato/a superior de los/las trabajadores/ras, ejecuta los mecanismos de supervisión y control para el cumplimiento de los estándares y procedimientos de trabajo, como también el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobado debe estar disponible en la obra para los/las trabajadores/ras.

En el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la obra contiene como mínimo lo siguiente:
-    Objetivo del Plan;
-    Alcance de la obra;
-    Descripción del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo del/la empleador/a;
-    Política del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo;
-    Presupuesto;
-    Organización y responsabilidades para el desempeño del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo;

Asimismo, los elementos del Plan son los siguientes:
-    Objetivos, metas y programa de seguridad y salud en el trabajo
-    Estructura del Subcomité de seguridad y salud en el trabajo
-    Identificación de requisitos legales y contractuales relacionados con la seguridad y salud en el trabajo
-   Identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de los controles operacionales, su metodología y procedimiento
-    Mapas de riesgos
-    Plan de vigilancia de la salud de los/las trabajadores/as
-    Procedimientos de trabajo para las labores de alto riesgo
-    Programa de capacitación, sensibilización y entrenamiento
-    Formatos de los registros del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
-    Programa de inspecciones;
-    Investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales;
-    Auditorías;
-    Gestión de mejora continua de la seguridad y salud en el trabajo; y,
-    Plan de respuesta ante emergencias.
-    Fecha y firma de quienes elaboran el Plan.

Fecha de vigencia: viernes, 12 de julio de 2019.

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