Norma del Día


Disponen aplicar la facultad discrecional por infracciones relacionadas a la obligación de presentar la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta

28 de Marzo de 2019 | Norma del Día

Tipo Norma                          : Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos
Número de la Norma          : 010-2019-Sunat/700000
Fecha de publicación          : 2019-03-28


Mediante la presente norma se dispone aplicar la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tributarias tipificadas en los numerales 1 y 8 del artículo 176 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, de acuerdo a los criterios y requisitos establecidos en el Anexo de la presente resolución y relacionado a contribuyentes obligados a presentar la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta.

Asimismo, estas disposiciones serán de aplicación a las infracciones cometidas o detectadas hasta antes de la entrada en vigencia de la presente resolución, incluso si la Resolución de Multa no hubiere sido emitida o habiéndolo sido no fue notificada.

Por último, la norma indica que no procede efectuar la devolución ni compensación de los pagos vinculados a las infracciones que son materia de discrecionalidad en la presente resolución de superintendencia, efectuados hasta antes de la vigencia de la misma.

Anexo de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos nº 010-2019-sunat/700000

Criterios para aplicar la facultad discrecional

Artículo 176° del Código Tributario

Criterios de aplicación

Numeral 1
No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos

No se emitirá sanción de multa tratándose de contribuyentes que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría que se encuentren obligados a presentar la declaración anual siempre que presenten dicha declaración con anterioridad a que surta efecto cualquier notificación de la SUNAT en la que se le indica al infractor que ha incurrido en infracción.

Numeral 8
Presentar las declaraciones, incluyendo las declaraciones rectificatorias, sin tener en cuenta la forma u otras condiciones que establezca la Administración Tributaria.

No se emitirá sanción de multa tratándose de contribuyentes que hubieren presentado su declaración anual utilizando PDT en vez del Formulario Virtual.


Vigencia: 29.03.2019

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