Norma del Día


Modifican normas reglamentarias del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV para promover la adquisición de bienes de capital

7 de Mayo de 2017 | Norma del Día

Tipo Norma                          : Decreto Supremo
Número de la Norma          : Nº 128-2017-EF
Fecha de publicación          : 2017-05-07


Mediante el presente decreto, se aprueban modificaciones al Decreto Supremo N° 153-2015-EF, a través del cual se dictan normas reglamentarias del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (RERA), con la finalidad de adecuarlo a lo dispuesto por el Decreto Legislativo N°1259, decreto que perfecciona diversos regímenes especiales de devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) ampliando su ámbito de aplicación a las pequeñas empresas con niveles de venta anuales hasta 300 UIT.

En este sentido, mediante la modificación de los artículos 2 y 3 del Decreto Supremo N° 153-2015-EF, se señala que podrán acogerse al RERA aquellos contribuyentes con niveles de ventas anuales hasta 300 UIT que realicen actividades productivas de bienes y servicios gravadas con el IGV o exportaciones, que se encuentren inscritos como microempresas o pequeñas empresas en el REMYPE, a la fecha de presentación de la solicitud.

Cabe indicar que para el caso de los sujetos incorporados al Régimen, las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos efectuadas desde la vigencia del Decreto Legislativo y hasta la entrada en vigencia del presente decreto supremo, no será de aplicación la exigencia de que  los comprobantes de pago solo incluyan bienes de capital nuevos materia del Régimen prevista en el segundo párrafo del inciso g) del artículo 3 del Decreto Supremo N° 153-2015-EF.

Vigencia: 08.05.2017

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