Noticia Laboral


Tribunal Constitucional emite criterio judicial para pago de deudas a trabajadores estatales

17 de Febrero de 2020 | Laboral

El Tribunal Constitucional declaró, este 13 de febrero, que no se necesita aprobación presupuestaria para pagar a trabajadores que tengan una deuda anteriormente reconocida.

Según el Tribunal, justificar el no pago de una obligación judicial “únicamente en la disponibilidad presupuestaria no resulta un argumento válido”. En ese sentido, declara que cualquier acto judicial que contenga una obligación de carácter vinculante es de “obligatorio cumplimiento”, sin importar el presupuesto asignado.

En el caso analizado por el tribunal, un trabajador del Gobierno Regional de Tumbes reclamó el pago de intereses devengados por un beneficio otorgado mediante el Decreto de Urgencia 037-1994, que ascendían a S/ 6, 815.23. En el 2016, el Gobierno Regional de Tumbes emitió un acta en la cual reconocían la deuda que tenían con el trabajador, declaración que para el TC hace que la deuda no esté sujeta a controversia, aun si en fecha posterior se declaró que no se podría realizar el pago.

Es decir, si el gobierno reconoce una deuda en un acta oficial, genera vinculación obligatoria a futuro.

Fecha de publicación: 17/02/2020
Fuente: Diario Gestión

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