Noticia Laboral
Precisan criterios para determinar actos de hostilización en caso de traslado de centro de trabajo
17 de Febrero de 2020 | LaboralDe acuerdo a la Casación Laboral N° 15201-2016-La Libertad, dictada por la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social, no se configura acto de hostilidad si el empleador prueba la objetividad y razonabilidad del traslado del trabajador de un centro de trabajo a otro. Esto, de acuerdo al laboralista Jorge Luis Acevedo, en atención al recurso de casación interpuesto por una entidad pública que fue demandada por un trabajador, quien exige el cese de actos de hostilidad traducidos en el traslado del centro de trabajo de La Libertad a Ayacucho. El demandante alegó que su traslado carecía de motivación objetiva y razonable, ya que lo alejaba permanentemente de su familia. La entidad pública afirmó que dos informes sustentaban técnicamente la necesidad del traslado y probaban el alto rendimiento del trabajador, por lo que se ameritaba su traslado.
La Corte Suprema afirma que la demandada no cumple con analizar de forma conjunta los requisitos para el traslado, que son la disposición para la función por desarrollar y tener expectativa de su avance profesional por parte del trabajador, toda vez que este se mostró renuente a prestar servicios en Ayacucho. No se verifica tampoco en los informes referidos que el demandante era un trabajador potencial para el puesto de Ayacucho, ni se constata que hubiera recibido capacitaciones para desempeñar las funciones de este. Asimismo, a pesar de que se otorgó al trabajador una asignación por gastos de instalación, esto no sería argumento suficiente para sustentar el traslado; ya que, era necesario acreditar que hubiera existido realmente un incremento de la remuneración que atienda el costo que supone la variación de vivienda, rutas, movilidad, alimentación.
Fecha de publicación: 17/02/2020
Fuente: Diario El Peruano
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