Noticia Laboral
El incumplimiento reiterado de funciones no solo se prueba con la existencia de sanciones anteriores
21 de Enero de 2020 | LaboralLa Corte Suprema de Justicia, mediante la Casación Laboral N° 25687-2017-Lima, precisó que el incumplimiento reiterado de funciones no solo se limita a las sanciones previas o antecedentes disciplinarios del trabajador, sino que las comunicaciones constantes del empleador advirtiendo sus errores, en el caso, acredita que el actor incurrió en una reiteración del incumplimiento de sus funciones.
Según explicó el laboralista del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, Elías Manayco, en el caso, se analiza el despido de un supervisor del centro de control de operaciones de una aerolínea que programó el vuelo a la ciudad de Rosario (Argentina) de una aeronave que no contaba con las autorizaciones para operar en territorio argentino. En su opinión, uno de los cuestionamientos del demandante consistió en la ausencia de antecedentes disciplinarios, pues los memorandos que se le habían notificado en oportunidades anteriores no tenían un fin sancionador.
Fecha de publicación: 21/01/2020
Fuente: diario El Peruano
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