Noticia Tributaria
Grupo de trabajo del Congreso recomienda no derogar el DL 1421
23 de Abril de 2019 | TributarioEn el 2017 el Tribunal Fiscal emitió una resolución vinculante en la que señalaba cómo debía aplicarse la prescripción del cobro de deuda en los casos cuya determinación de la misma por parte de la Sunat se inició antes del 1 de enero de 2012 y fueron notificados después del 28 de setiembre del mismo año, fecha en que se publica el Decreto Legislativo 1113.
Fue el caso de una persona natural que tenía una deuda de S/ 3.000, pues no presentó su declaración jurada del 2009, hasta el 10 de abril del 2010 en que se venció el plazo para hacerlo. La interpretación señala que a partir del 1 de enero del año 2011 empieza a correr el plazo de cuatro años en paralelo para que la Sunat determine, sancione y cobre la deuda. La Sunat, en el año cuatro, el 3 de diciembre de 2014, dentro del plazo de determinación, notificó la resolución de multa al contribuyente por no presentar su declaración jurada.
Con la interpretación anterior (señalada en el DL 1113), a partir de ese momento debió interrumpirse el cobro e iniciar un nuevo plazo de cuatro años, pero ahora el TF considera que el plazo de cobro se vencía el 31 de diciembre del 2014, al igual que el de la prescripción, dejando sin margen de acción a la Sunat.
El año pasado, el Gobierno publicó el Decreto Legislativo 1421, el cual permite a la Sunat cobrar deudas que fueron determinadas dentro del plazo mencionado y que se encuentran actualmente en litigio. En caso la administración tributaria gane estos procesos, podría cobrar S/11 millones. En ese contexto, el grupo que revisa los decretos legislativos del Congreso emitió un informe en el que manifiesta que es de mayor importancia el garantizar la eficacia del ejercicio de las potestades públicas sobre el grado de afectación en la seguridad jurídica. Así, recomendó que la norma mencionada se mantenga como está, pues no es inconstitucional y se enmarca en las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo.
Por su parte, el presidente de la Comisión Tributaria de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) consideró que el Gobierno no cuenta con las facultades necesarias para legislar en esta materia. Respecto de las acciones que se tomarían desde el sector privado, en caso la Comisión de Constitución apruebe la recomendación del grupo de trabajo, señaló que si bien se podría presentar una acción de inconstitucionalidad, aún no han analizado esa opción.
Fuente: diario Gestión
Fecha de publicación: 23.04.2019
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