Corte Suprema precisa supuesto de admisión de reposición por despido fraudulento

La Corte Suprema dispuso, en la Casación Laboral Nº 28329-2017-Del Santa, que no procede la demanda de reposición por despido fraudulento si en realidad los hechos y causas imputadas existieron.En ese sentido, se precisó que cuando se produce la extinción del vínculo laboral por despido, se debe de verificar que el despido se haya ajustado al procedimiento formal previsto y que la falta imputada al trabajador haya sido acreditada objetivamente, ya sea en un procedimiento de despido o proceso judicial.En el presente cao, la Suprema consideró acreditado que los hechos imputados como falta grave no fueron una invención de la demandada, toda vez que en la realidad se demostró que la demandante incumplió sus obligaciones de trabajo, no pudiéndose por ese motivo fundar la pretensión alegando hechos inexistentes o fraudulentos.Fecha de publicación: 15/01/2019.Fuente: diario El Peruano.

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