VIERNES 3 DE OCTUBRE DE 2008
 
 
 
   
   
   
   
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APRUEBAN LISTADO DE OCUPACIONES PARA LA MODALIDAD FORMATIVA DE CAPACITACIÓN LABORAL JUVENIL

Dispositivo

:

Resolución Ministerial Nº 307-2008-TR

Fecha de publicación

:

Viernes, 03 de Octubre de 2008

Fecha de vigencia

:

Sábado, 04 de Octubre de 2008

Mediante la presente Resolución se ha aprobado el nuevo listado de ocupaciones básicas y operativas de la modalidad formativa de capacitación laboral juvenil.

Como es de conocimiento, mediante Decreto Supremo 007-2005-TR se aprobó el Reglamento de la Ley de Modalidades Formativas Laborales, dispositivo que señala en su artículo 17 que las ocupaciones vinculadas a la modalidad formativa de capacitación laboral juvenil se clasifican en ocupaciones básicas –asociadas a un nivel menor de responsabilidad en la ejecución del trabajo– y ocupaciones operativas –asociadas a una mayor responsabilidad, requerimiento de mayor calificación y complejidad–.

Este listado es de suma importancia debido a que de este dependerá la duración del convenio, a saber, respecto de las ocupaciones básicas el periodo de duración no podrá ser mayor de seis (6) meses, prorrogables por un periodo similar, y veinticuatro (24) meses en el caso de las ocupaciones operativas.

Es importante señalar, que en este nuevo listado se han introducido treinta y dos (32) nuevas ocupaciones, y ha sido elaborado luego de la evaluación de los proyectos enviados por las distintas Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo.

VER ANEXO

 



 

RESOLUCIONES SOBRE DEVOLUCIONES DE PAGOS INDEBIDOS O EN EXCESO APROBADAS

 

Luego de presentada la solicitud de devolución de pagos indebidos o en exceso, la Administración Tributaria – Sunat, luego de hacer las verificaciones del caso emite una resolución que contiene el resultado de dicha solicitud, la cual a partir de junio puede ser consultada a través del Buzón Electrónico implementado por la Sunat y disponible en Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe).

Al respecto, la Administración Tributaria señala que los contribuyentes que cuenten con resoluciones de devolución por pagos indebidos o en exceso aprobadas, a fines de agosto del presente año, tienen hasta el 1 de diciembre del mismo para hacer efectivo el cobro de dicha devolución, de no hacerlo hasta la fecha antes indicada tendrían que presentar nuevamente la solicitud de devolución por pagos indebidos o en exceso.

Finalmente, el contribuyente podría efectuar el cobro directamente en las oficinas del Banco de la Nación, de acuerdo con las instrucciones que se señalan en la notificación electrónica.

EL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN ASUMIRÍA EN ADELANTE LA RECTORÍA DE LAS MYPES

 

Con sesenta y dos votos a favor y cinco en contra, el Congreso de la República aprobó, en primera votación, extraer del ámbito del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) a las micro y pequeñas empresas (mypes).

Una de las posturas que llevaron a tomar la referida decisión fue la esbozada por el congresista José Urquizo, Presidente de la Comisión de Producción, quien manifestó que las mypes agrupan a más de 12 millones de trabajadores, por lo que resulta ser un sector importante para el país y debe ser dirigido por una institución que en la actualidad venga fomentando el desarrollo de estas empresas y no la formalización y fiscalización, en una evidente alusión al MTPE.

Por otro lado, existieron posiciones contrarias como la asumida por la congresista Rosa Florián, Presidenta de la Comisión de Descentralización, quien sostuvo que, antes que el Congreso tome una decisión, deben ser los ministros de Producción y Trabajo quienes deberían delimitar los temas correspondientes a cada sector, de acuerdo con las funciones establecidas en sus leyes orgánicas.

Si bien el Ministerio de la Producción tiene dentro de sus políticas el fomento y promoción de las empresas nacionales, evidentemente dentro de las cuales se encuentran las mypes, debe tenerse en consideración que este nuevo régimen no establece estrictamente regulaciones de fomento empresarial, sino también de carácter laboral que corresponden al MTPE; en tal sentido, debemos entender que ambos ministerios deberían tener participación compartida, teniendo en consideración la regulación de carácter empresarial y laboral que tiene este nuevo régimen.
Hoy vence el pago de AFP en cheque de otro banco
Faltan 04 días para el pago de AFP en efectivo o cheque del mismo banco
Faltan 04 días para la Presentación de Información Trimestral ante la Autoridad Administrativa de Trabajo por parte de las entidades de intermediación laboral..

 

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SEGUNDA QUINCENA - SETIEMBRE 2008

 
   
 

DECLARACIÓN DE PREDIOS: PERIODOS 2006 Y 2007

Lo que debe saber sobre la declaración de predios: ejercicios 2006 y 2007

¿Cuáles son las causales de suspensión del procedimiento coactivo de obligaciones tributarias del gobierno local?

Jurisprudencia tributaria: ¿En qué casos el Tribunal Fiscal puede ordenar la devolución del dinero materia de embargo en forma de retención?

Procedimiento tributario: Renuncia a la exoneración del IGV y sus consecuencias

Consultas institucionales: ¿Pueden los activos intangibles, existencias y mercaderías ser materia de un contrato de arrendamiento financiero?
Avatares de la regulación “laboral” de la tercerización de servicios. Alcances sobre las precisiones efectuadas por el reglamento
Tratamiento laboral de la persona natural con negocio
Conozca las obligaciones a las que se encuentra sometido un proveedor y los principales derechos de los consumidores
¿Cómo acceder al sistema de alerta registral sobre predios?
La fiscalización de las declaraciones y documentos presentados por los administrados ¿es una obligación de la entidad pública?
¿Cómo analizar e interpretar los estados financieros?
Drawback : A propósito de las recientes modificaciones
 
 




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