LUNES 5 DE NOVIEMBRE DE 2007
 
 
 
   
   
   
   
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ANEXO DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

Dispositivo

:

Anexo R.M. N° 644-2007-MTC/01

Fecha de publicación

:

Sábado, 3 de noviembre de 2007

Fecha de vigencia

:

Domingo, 4 de noviembre de 2007

Mediante la Resolución Ministerial N° 644-2007-MTC/01, publicada el 28 de octubre de 2007, se modificó el TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

El día sábado 3 de noviembre del 2007 fue publicado el anexo de la resolución mencionada, dicho documento se encuentra adjunto en el presente boletín.

Anexo adjunto


 

CAMPAÑA DE LA SUNAT DE VERIFICACIÓN DE OPERACIONES AFECTAS AL IGV

 

Como parte de la iniciativa de la Sunat para incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones formales y sustanciales vinculadas con el IGV, así como la ampliación de la base tributaria, se ha dispuesto una campaña de verificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes que presenten inconsistencias en sus operaciones afectas al IGV hacia fines de este mes.


La campaña va a consistir en dos etapas:

  • La primera, que abarcará solo el periodo 2006, permitirá informar sobre las inconsistencias obtenidas de los cruces de información hechos dentro del sistema informático de la Sunat, con base en los datos obtenidos por los agentes de retención y percepción. Se verificará también el sistema de detracciones, la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) e información de Aduanas.
  • La segunda consistirá en verificar a los obligados que pertenecen al nuevo RUS para ver si por el volumen de sus operaciones deberían pertenecer al régimen general.

Luego que la verificación concluya, la Sunat notificará al contribuyente con una carta en la cual se le comunicará que deberá presentar una declaración rectificatoria correspondiente al ejercicio 2006 por las operaciones no declaradas en su momento y por el monto correspondiente.

La Sunat, como parte de la campaña, procederá a otorgar mayores plazos de rebaja para las sanciones a las infracciones en las que se incurra para los contribuyentes que regularicen las inconsistencias encontradas en la verificación.

MINISTERIO DE TRABAJO APRUEBA DIRECTIVAS EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN LABORAL

 

Recientemente, la Dirección Nacional de Inspección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobó directivas destinadas a mejorar los mecanismos de fiscalización del cumplimiento de las normas sociolaborales.

En efecto, se han aprobado las directivas N° 001-2007-MTPE/2/11.4, N° 002-2007-MTPE/2/11.4 y N° 003-2007-MTPE/2/11.4 referidas al programa de regularización y verificación de contratos de trabajo a plazo fijo y su incidencia en el ejercicio de la libertad sindical y negociación colectiva; ejecución del programa nacional de fiscalización de las unidades de producción de las empresas; y lineamientos para obtener información y control de empresas contratistas y subcontratistas en el desarrollo de las inspecciones laborales a escala nacional.


Al respecto, las referidas normas precisan que en materia de contratación a plazo fijo, los inspectores verificarán principalmente su duración, registro y porcentaje respecto de los contratos a tiempo indefinido, causas que sustentan dicha modalidad de contratación y motivo de renovación y término.

A su turno, en lo referido a la intermediación laboral se dispone el análisis integral del proceso productivo de la empresa usuaria, porcentaje de personal destacado, materiales, entre otros. En la tercerización, se verificará el registro y la escritura de constitución de la contratista, accionistas, socios y representantes legales de ambas empresas (vinculación); determinación de propiedad de equipos, herramientas, etc.

Finalmente, cabe anotar, que las directivas anteriormente expuestas han sido dirigidas especialmente al sector minero, textil, agricultura, telecomunicaciones, transporte y construcción, no obstante, serán de aplicación a todos los sectores.

Mañana vence el plazo para el pago de aportes a las AFP con cheque de otro banco por la obligación del mes de octubre de 2007.
Faltan tres días para que venza el plazo para el pago de aportes a las AFP en efectivo o con cheque del mismo banco o con cheque de gerencia por la obligación del mes de octubre de 2007.
   
 

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SEGUNDA QUINCENA - OCTUBRE 2007

 
 
Temas
 

MODIFICACIONES AL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO A  LA RENTA

Implicancias del pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre el Fonavi.

Modelo de declaración jurada para sustentar los viáticos al exterior según las últimas modificaciones.
Modelo de planilla de movilidad según las últimas modificaciones.
Reconocimiento de ingresos para empresas constructoras.

Últimas modificaciones a los Reglamentos del Nuevo RUS y del Régimen Especial del Impuesto a la Renta.

Jurisprudencia Comentada: La Administración Tributaria no tiene la obligación de conservar la documentación presentada en una fiscalización.
Libros y Registros Contables: Infracción por usar comprobantes o documentos falsos para respaldar las anotaciones en los libros contables.
Informática para contadores: Procedimiento para refinanciar deudas tributarias.
Preguntas frecuentes sobre CTS.
Registro de una empresa que realiza actividad de intermediación laboral.
 



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