JUEVES 27 DE MARZO DE 2008
 
 
 
   
   
   
   
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FIJAN FACTORES DE CONVERSIÓN MONETARIA

Dispositivo

:

Resolución de Superintendencia Nacional de Aduanas N° 143-2008-SUNAT/A

Fecha de publicación

:

Jueves, 27 de Marzo de 2008

Fecha de vigencia

:

Viernes, 28 de Marzo de 2008

Como es de conocimiento general, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, para la declaración de la base imponible de los derechos arancelarios y demás tributos aduaneros, los valores se expresarán en dólares de los Estados Unidos de América; de igual forma se hace la observación que en caso de valores expresados en otras monedas extranjeras, estos se convertirán a la referida moneda, debiéndose establecer un mecanismo de difusión para que los usuarios conozcan con anticipación los factores de conversión monetaria.

A efectos de lo considerado, mediante el artículo 1 de la presente resolución, se ha aprobado la actualización de los factores de conversión establecidos en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 0101-2008-SUNAT/A, designándose el tipo de cambio para los distintos tipos de monedas extranjeras, lo cual se detalla en el anexo correspondiente.

Ver Anexo Adjunto

 
 

PODER EJECUTIVO PLANTEA REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES A PROPÓSITO DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL TLC

 

Dentro de las facultades otorgadas por el Congreso al Poder Ejecutivo se encuentran las referidas a la implementación de lo dispuesto en el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos. Entre ellas, las que precisan ciertas exigencias laborales que se deben cumplir.


De esta manera, la reforma del Sistema Nacional de Pensiones que plantea el Poder Ejecutivo, tiene como finalidad principal ampliar el acceso de las personas a una pensión de jubilación, que garantice sus gastos luego de finalizada la relación laboral. Por ello, los cambios y modificaciones que se irán implementando tendrán que ajustarse a lo requerido por los tratados internacionales.

En esa misma línea, el presidente de la asociación de AFP, Pedro Flecha, señaló que es necesario implementar facilidades para que los empleadores puedan descontar los aportes de los trabajadores que no se encuentren en sus planillas, debido a que actualmente las personas todavía no son conscientes de la importancia de realizar dichos aportes de manera voluntaria.
 
Recordemos que el TLC tiene como finalidad promover y facilitar la exportación de productos de empresas nacionales; sin embargo, estas empresas deberán cumplir con ciertos requisitos con relación a la regulación laboral de los trabajadores para poder realizar dicha actividad.



Faltan siete días para que venza el pago de AFP en cheque de otro banco.
Faltan once días para que venza el pago de AFP en efectivo o cheque del mismo banco.
Faltan doce días para que venza la Presentación de Información Trimestral ante la Autoridad Administrativa de Trabajo.

 

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PRIMERA QUINCENA - MARZO 2008

 
   
 

ITAN: SUJETOS OBLIGADOS A SU DECLARACIÓN Y PAGO

Aplicación del saldo a favor y otros créditos contra el Impuesto a la Renta.
¿Cómo se aplican las pérdidas tributarias?
Jurisprudencia tributaria: ¿Una norma declarada inconstitucional puede aplicarse a procedimientos en trámite relacionados con hechos anteriores a dicha declaratoria?

¿Cuándo se deben reconocer los ingresos por servicios prestados?

Llenado de los libros y registros contables: Características del Libro de Inventarios y Balance.
Informática para contadores: Baja de locales anexos a través de Sunat Virtual.
Tratamiento laboral de los conceptos no remunerativos.
Modalidades formativas laborales: Requerimientos y obligaciones que debe cumplir todo empleador.
Principales procedimientos de exportación: Régimen Simplificado de Exportación y Exporta Fácil.
¿Cómo garantizar el pago de un título valor?
 



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