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SUSTITUYEN EL ARTÍCULO 184 DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS
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Dispositivo |
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Decreto Supremo Nº 034-2007-EF |
Fecha de publicación |
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Viernes 23 de marzo de 2007 |
Fecha de vigencia |
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Miércoles 28 de marzo de 2007 |
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Mediante la norma en comentario se establece que a fin de verificar el cumplimiento de las formalidades u obligaciones aduaneras o la comisión de infracciones, la autoridad aduanera puede disponer las medidas preventivas y transitorias de inmovilización o incautación de mercancías.
Asimismo, se define la inmovilización como el acto mediante el cual la autoridad aduanera dispone que las mercancías permanezcan en el almacén aduanero u otro lugar determinado, bajo custodia y responsabilidad del representante legal del almacén o de quien designe la autoridad aduanera, respectivamente.
El plazo de inmovilización es de 10 días contados a partir de la fecha de efectuada, prorrogable por un plazo igual. Además, a través de resolución de superintendencia se podrá disponer la prórroga por un plazo máximo de 60 días.
Por otro lado, la Sunat publicará en su portal institucional, bajo responsabilidad del titular de la intendencia que ejecute las referidas medidas, la relación de las mercancías incautadas y/o inmovilizadas. |
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SE APROBÓ LEY DE LIBRE DESAFILIACIÓN
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El día de ayer, el pleno del Congreso aprobó la ley que regula la Libre Desafiliación de las AFP, Pensión Mínima y Complementaria y el Régimen de Jubilación Anticipada.
Al respecto, se ha dispuesto que las condiciones para que el trabajador pueda desafiliarse del Sistema Nacional de Pensiones sean las siguientes |
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- Haber ingresado al Sistema Nacional de Pensiones hasta el 31 de diciembre de 1995.
- Que al momento de hacer efectiva tal desafiliación le corresponda una pensión de jubilación en la oficina de normalización previsional.
Asimismo, se establece que pueden desafiliarse todos aquellos que se encuentren en el Sistema Privado de Pensiones, y que al momento de su afiliación a una AFP, cuenten con los requisitos para obtener una pensión de jubilación en el sistema público. Es decir, se requiere de por lo menos 20 años de aporte, entre ambos sistemas, independientemente de la edad del solicitante.
Finalmente, se ha dispuesto que tres meses antes de iniciarse los procesos de desafiliación la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS ), la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y el Ministerio de Trabajo realizarán una campaña de información a los afiliados sobre las pensiones que tendrán en ambos sistemas.
Fuentes: diarios Gestión y El Peruano
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OBLIGATORIEDAD DE ADQUIRIR BIENES Y SERVICIOS POR CONVENIO MARCO
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El Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Consucode), ha publicado el Comunicado N° 004-2007(PRE), mediante el cual se informa a las entidades que a partir del 9 de abril de 2007 resultará obligatoria la adquisición o contratación de bienes y servicios contenidos en el Catálogo de Convenio Marco publicado en el Seace.
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De acuerdo con ello, se establece lo siguiente:
- Si el bien requerido es identificado en el Catálogo de Convenios Marco, las entidades deberán elegir la ficha específica que represente la opción más conveniente que satisfaga su requerimiento, encontrándose obligadas a adquirir directamente del proveedor adjudicatario elegido, en la forma, precio, plazos y demás condiciones establecidas en la ficha, sin necesidad de desarrollar procesos de selección alguno.
- En caso de que el bien requerido esté incluido en el Listado de Bienes Comunes y, a la vez, haya sido incorporado al Catalogo de Convenios Marco, las entidades deberán adquirirlo directamente a través del citado catálogo.
- Las adquisiciones que se efectúen en virtud del Catálogo de Convenios Marco se formalizan a través de la emisión y recepción de las órdenes de compra o con la suscripción del contrato, según corresponda, y deberán ajustarse a las condiciones pactadas que consten en las fichas vigentes, tales como calidad, precio, plazo y lugar de entrega de garantías comerciales, entre otras.
Fuente: diario oficial El Peruano |
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GOBIERNO POSTERGA PRESENTACIÓN DE PAQUETE DE LEYES LABORALES
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La ministra de Trabajo, Susana Pinilla, informó que su despacho postergó la presentación del paquete de leyes que incluye normas destinadas a impulsar el acceso progresivo de los trabajadores a los derechos laborales y la reforma a la ley que regula la actividad de las micro y pequeñas empresas. Al respecto, indicó que los procesos de diálogo pueden tomar un poco más de tiempo, por lo que las iniciativas legislativas coordinas por su despacho serían presentadas a mediados de abril. |
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Por otro lado, la titular de Trabajo informó haber sostenido una primera reunión con los representantes de la Asociación de Bancos (Asbanc) para intercambiar opiniones acerca de la administración de las compensaciones por tiempo de servicios (CTS).
Asimismo, señaló que los bancos a través de los fondos mutuos, podrían mejorar los rendimientos por CTS, por ello se está conversando la posibilidad de aplicar un sistema de subasta inversa que permita introducir mayor competencia para captar dichos recursos y así incrementar las tasas que pagan los bancos por la CTS.
Fuente: diario Gestión |
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MINISTERIO DE TRABAJO PRIORIZARÁ FISCALIZACIÓN A
EMPRESAS DE SERVICIO DE SEGURIDAD
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La ministra de Trabajo, Susana Pinilla, manifestó que si bien el Gobierno no se ha propuesto como meta desaparecer a los services, actuará con firmeza contra los abusos de dichas empresas, priorizando la fiscalización a empresas de servicios de seguridad.
Sin perjuicio de ello, la titular de Trabajo manifestó que califica como interesante el mecanismo de los services, pues muchas veces las empresas no tienen suficientes empleados ni una estructura idónea para hacer toda la labor de selección del personal, por lo que deciden contratar a los services, los cuales les proporcionan los trabajadores requeridos. |
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Asimismo, agregó que su despacho ha logrado una exitosa coordinación con Capeco y la Federación de Trabajadores de Construcción Civil (FTCC), entre otros, con los que se procederá a realizar un empadronamiento de empresas y trabajadores a fin de reducir la informalidad con dichos trabajadores.
Fuente: diario Gestión |
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APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY QUE CREA EL REGISTRO
DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS
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Hoy, viernes 23 de marzo de 2007, en el diario oficial El Peruano se publicó el Decreto Supremo Nº 002-2007-JUS, mediante el cual se aprueba el Reglamento de la Ley que crea el Registro de deudores alimentarios morosos.
Dicho reglamento tiene como finalidad regular la aplicación de la Ley Nº 28970, así como la asignación de competencias específicas a las instituciones de derecho público involucradas en el proceso. |
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La declaración judicial del deudor alimentario moroso deberá contener los siguientes requisitos:
- El procedimiento debe iniciarse a solicitud de la parte beneficiaria de la prestación de alimentos declarada como tal en un proceso judicial culminado, ya sea con sentencia consentida o ejecutoriada.
- El obligado deberá adeudar por lo menos tres cuotas sucesivas o alternadas de sus obligaciones alimentarias.
- La solicitud de declaración de deudor alimentario moroso, se presentará de conformidad con el modelo de formato establecido.
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, responsable del registro, deberá proporcionar mensualmente, la lista actualizada de los deudores alimentarios morosos a las centrales privadas de información de riesgos con las que el Poder Judicial mantenga convenio vigente, con la finalidad que se registre la deuda alimentaria.
Fuente: diario oficial El Peruano |
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PRECISAN LA APLICACIÓN DEL COBRO DE LA TARIFA ÚNICA DE USO
DE AEROPUERTO A PASAJEROS EN VUELO DOMÉSTICO
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Mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 016-2007-CD-OSITRAN, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se declara improcedente el cobro de la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto (TUAA) a los pasajeros en vuelo doméstico que estando en tránsito permanecen en la aeronave, hasta que esta parte nuevamente hacia otro destino sin utilizar la infraestructura del terminal |
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Asimismo, se declarará improcedente para los pasajeros en vuelo doméstico que descienden de la aeronave y embarcan en otro avión de la misma línea aérea, siendo que su equipaje es trasladado directamente por el personal de asistencia en tierra contratado por la línea.
Fuente: diario oficial El Peruano |
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Hoy vence el plazo para que las unidades ejecutoras del Sector Público, cuyo último dígito del RUC sea 0, 1, 2, 3 y 4, realicen la declaración y pago de los tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales, tributos retenidos o percibidos correspondientes al periodo tributario de febrero 2007. |
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Faltan tres días para que las unidades ejecutoras del Sector Público, cuyo último dígito del RUC sea 5, 6, 7, 8 y 9, realicen la declaración y pago de los tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales, tributos retenidos o percibidos correspondientes al periodo tributario de febrero 2007. |
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Faltan cuatro días para que puedan efectuar la cancelación de la 4ª cuota del pago a cuenta del Impuesto Selectivo al Consumo, correspondiente al mes de marzo de 2007, los productores de bebidas rehidratantes, bebidas estimulantes o energizantes y demás bebidas no alcohólicas, gaseadas o no; así como los productores de combustibles derivados del petróleo. |
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Asimismo, vence el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del ejercicio 2006, correspondiente a los contribuyentes cuyo último dígito del RUC sea 2. |
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Faltan cinco días para realizar la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del ejercicio 2006, correspondiente a los contribuyentes cuyo último dígito del RUC sea 3. |
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Faltan seis días para realizar la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del ejercicio 2006, correspondiente a los contribuyentes cuyo último dígito del RUC sea 4. |
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Faltan siete días para realizar la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del ejercicio 2006, correspondiente a los contribuyentes cuyo último dígito del RUC sea 5. |
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PRIMERA QUINCENA - MARZO 2007
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Temas |
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Participación de los trabajadores en las utilidades. |
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Impuesto Temporal a los activos netos. |
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Nuevas medidas tributarias aprobadas. |
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Cómo llenar el Balance de Comprobación en la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta . |
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Comentando la reforma: ¿cuándo los gastos no deducibles constituyen dividendos presuntos? |
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¿Cuándo los intereses de financiamiento forman parte del costo de un activo? |
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Tratamiento de las variaciones en el tipo de cambio – aplicación de la NIC SP 4. |
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Contratación de seguros para los beneficiarios de las modalidades formativas laborales. |
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Desafiliación del Sistema Privado de Pensiones . |
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¿Tiene una microempresa?: ahora la puede asegurar de acuerdo con el Nuevo Reglamento de Microseguros. |
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Procedimiento empresarial ¿Cómo se realiza la Subasta Inversa Presencial? |
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