VIERNES 23 DE FEBRERO DE 2007
 
 
 
 
   
PRINCIPALES NORMAS DEL DÍA

NOTICIAS DEL DÍA

LE RECORDAMOS QUE...

BOLETINES ANTERIORES

   
   
   
   


INCORPORAN DETERMINADOS SERVICIOS AL APÉNDICE V DE LA LEY DEL IGV E ISC

Dispositivo
:
Decreto Supremo Nº 022-2007-EF

Fecha de publicación

:

Viernes 23 de febrero de 2007

Fecha de vigencia

:

Sábado 24 de febrero de 2007

Teniendo en cuenta que en el país se vienen desarrollando, tanto en la industria naval como aeronáutica, actividades destinadas a prestar servicios de transformación, modificación, reparación, mantenimiento y conservación de naves y aeronaves de bandera extranjera a favor de sujetos domiciliados en el exterior, se incluyen tales servicios dentro del Apéndice V del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, que comprende a las operaciones consideradas como exportación de servicios no afectos con el IGV.

Al respecto, para que tales servicios no estén afectos con el IGV será necesario que, además de cumplir las condiciones establecidas en el artículo 9 del Reglamento de la Ley del IGV, la utilización económica de los mismos se realice fuera del país.

Cabe anotar que los servicios antes descritos se hacen extensivos a todas las partes y componentes de las naves y aeronaves

ESTABLECEN DISPOSICIONES PARA LA NACIONALIZACIÓN DE VEHÍCULOS USADOS
QUE SE ENCUENTREN DESEMBARCADOS EN PUERTO PERUANO

Dispositivo

:

Decreto Supremo N° 006-2007-MTC

Fecha de publicación

:

Viernes 23 de febrero de 2007

Fecha de vigencia

:

Sábado 24 de febrero de 2007

Existe un importante número de vehículos usados que cuentan con documentación que acredita el inicio del trámite de exportación con anterioridad a la vigencia del D.S. Nº 042-2006-MTC, aun cuando la fecha de embarque y/o tránsito sea posterior a su entrada en vigencia, conforme al respectivo conocimiento de embarque o carta de porte aérea o terrestre, según corresponda.

En ese sentido, corresponde expedir una norma que permita excepcionalmente la nacionalización de los citados vehículos sin verificar el requisito de kilometraje de recorrido con el propósito de no perjudicar a quienes adoptaron sus decisiones de mercado con anterioridad a la vigencia del D.S. Nº 042-2006-MTC.

En consecuencia, los vehículos usados que a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto supremo se encuentren desembarcados en puerto peruano, podrán ser excepcionalmente nacionalizados, independientemente de que cumplan o no el requisito de kilometraje de recorrido.

AUTORIZAN EJECUCIÓN DE LA ENCUESTA “ESTADÍSTICA INDUSTRIAL MENSUAL 2007”

Dispositivo
:
Resolución Jefatural Nº 057-2007-INEI

Fecha de publicación

:

Viernes 23 de febrero de 2007

Fecha de vigencia

:

Sábado 24 de febrero de 2007

La Oficina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción, a fin de medir la actividad económica del Sector Industrial, a través de la elaboración de indicadores económicos coyunturales del sector, viene ejecutando periódicamente la encuesta “Estadística Industrial Mensual” dirigida a una muestra de empresas seleccionadas a nivel nacional.

En ese sentido, es necesario autorizar la ejecución de la Encuesta “Estadística Industrial Mensual 2007” dirigida a una muestra de empresas seleccionadas a nivel nacional, cuya relación se encuentra publicada en el portal del Ministerio de la Producción ( www.produce.gob.pe ). Además, se aprueban los formularios I-1, I-2 y I-3 de la mencionada encuesta.

AUTORIZAN EJECUCIÓN DE LA ENCUESTA “ESTADÍSTICA PESQUERA MENSUAL 2007”

Dispositivo

:

Resolución Jefatural Nº 058-2007-INEI

Fecha de publicación

:

Viernes 23 de febrero de 2007

Fecha de vigencia

:

Sábado 24 de febrero de 2007

La Oficina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción, a fin de medir la actividad económica del Sector Industrial, a través de la elaboración de indicadores económicos coyunturales del sector, viene ejecutando periódicamente la Encuesta “Estadística Pesquera Mensual”.

En ese sentido, es necesario autorizar la ejecución de la encuesta “Estadística Pesquera Mensual 2007” dirigida a todas las empresas pesqueras industriales a nivel nacional dedicadas a la elaboración de productos con recursos hidrobiológicos, así como a aquellas dedicadas a la actividad de acuicultura.

Asimismo, las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información requerida podrán disponer del formulario virtual en el portal del Ministerio de la Producción ( www.produce.gob.pe ).

 

nuevo parÁmetro del pdt

 

Señor suscriptor:

Teniendo en cuenta que para el ejercicio 2007, el valor de la UIT es de S/. 3,450.00, se deberá actualizar dicho valor en el Programa de Declaración Telemática (PDT), debiendo ingresar al portal de la Sunat (www.sunat.gob.pe).

A partir del 1 de febrero de 2007, el PDT Nº 600 y el PDT Nº 616 que no cuenten con el parámetro de la UIT vigente serán rechazados.

CONTADORES & EMPRESAS


CREARÁN SEGURO PARA CIEN MIL TRABAJADORES DEL ESTADO QUE NO ESTÁN EN PLANILLA

 

El premier Jorge del Castillo informó que, en la actualidad, el total de personas aseguradas en EsSalud asciende a 7 millones, mientras que el Seguro Integral de Salud (SIS) del Ministerio de Salud cubre a cerca de 4 millones de personas.

De acuerdo con ello, el premier indicó que el objetivo trazado por el gobierno es mejorar el servicio y proyectarlo hacia aquellos que no tienen ninguna opción, razón por la cual se pretende integrar al sistema de salud a más de 100 mil trabajadores que se encuentran laborando en el estado bajo el sistema de servicios no personales.


Por su parte, el presidente de EsSalud, Fernando Barrios Ipenza, informó que existe un proyecto de aseguramiento universal preparado conjuntamente con el Ministerio de Salud, el cual ha sido presentado al Presidente de la República. Dicho proyecto no tratará de fusionar los sistemas, sino de articularlos de tal manera que permita dar un paquete esencial de atención a la mayoría de la población que no tiene cobertura.

 

Fuente: diario Gestión

CORTE DE LIMA ADMITE AMPARO CONTRA EL ISC E IGV

 

La Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Lima determinó que la variación de las tasas del Impuesto Selectivo a Consumo (ISC) que grava los combustibles a través de decretos supremos reglamentarios vulnera los derechos constitucionales de los contribuyentes.

En ese sentido, este tribunal cuestionaría la legalidad del artículo 61 de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, que permite al Gobierno modificar las tasas de estos tributos que gravan a los combustibles.


Al respecto, el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala, señala que este fallo se ampara en el artículo 74 de la Constitución Política del Perú, el cual establece que los tributos se crean, modifican o derogan exclusivamente por ley o por decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y las tasas que se regulan por decreto supremo.

Fuente: diario El Peruano

SBS EVALÚA PROPUESTA PARA QUE LAS AFP ADMINISTREN CTS

 

El superintendente de Banca y Seguros, Juan José Marthans, informó que se encuentran evaluando la posibilidad de que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) puedan administrar los recursos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los trabajadores. Al respecto, sostuvo que esta es una opción que no debe ser descartada, sino que debe revisarse con inteligencia.


De acuerdo con ello, cabe recordar que el viceministro de Trabajo, Fernando García Granada, informó que la Cámara de Comercio de Lima (CCL) planteó la posibilidad de que la CTS reciba un tratamiento preferencial en el sector bancario y que estos recursos puedan ser administrados por las AFP; al respecto, Marthans precisó que estas propuestas iban a ser revisadas; sin embargo, refirió que una opinión formal de la SBS dependerá de los resultados de los estudios técnicos que se están efectuando.

Por su parte, el presidente del Banco Central, Julio Velarde, advirtió que existe un factor de riesgo en la posibilidad de que las AFP administren las CTS; al respecto, Marthans refirió que si el mercado tiene que decidir entonces este debe definir un nivel de absorción de riesgo que está dispuesto a enfrentar.

Fuente: diario Gestión

INCLUYEN AL DEPARTAMENTO DE PASCO DENTRO DE
LOS ALCANCES DEL D.U. Nº 003-2007

 

Como consecuencia de que en el departamento de Pasco continúan presentándose precipitaciones pluviales que están ocasionando desbordes de ríos y activación de quebradas, deslizamientos en varios sectores, intransitabilidad en las vías de comunicación, aislamiento de comunidades, entre otros; es necesaria la adopción de medidas urgentes para lograr el financiamiento y la ejecución de las actividades, así como la oportuna atención de los damnificados, para la mitigación del impacto generado por estos fenómenos.


En ese sentido, mediante Decreto de Urgencia Nº 006-2007 publicado hoy en el diario oficial El Peruano se incluye al departamento de Pasco dentro de los alcances del D.U. Nº 003-2007.

Fuente: diario oficial El Peruano

PROHÍBEN CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS AL INTERIOR
Y ALREDEDOR DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

 

Hoy, viernes 23 de febrero de 2007, en el diario oficial El Peruano se publicó la Ordenanza Nº 999 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la cual tiene por objetivo prohibir el consumo de bebidas alcohólicas, cualquiera sea su forma de presentación y/o preparación, al interior y alrededor de los establecimientos comerciales que desarrollen actividad económica con giro de bodega, licorería y/o similares.


Asimismo, dicha ordenanza se aplicará a todos los establecimientos que se encuentren dentro del ámbito de la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima, circunscrito específicamente al Cercado de Lima.

De igual manera, todos los establecimientos cuyo giro sea el de bodega, licorería y/o similares, deben contar con la publicación de lo dispuesto en la presente ordenanza, estando impedidos de permitir el consumo de bebidas alcohólicas al interior y alrededor de los establecimientos.

Por otro lado, el incumplimiento de la presente ordenanza constituye una infracción a las normas de competencia municipal, la cual dará lugar a la imposición de sanciones por parte de los inspectores municipales de la gerencia de fiscalización y control.

Fuente: diario oficial El Peruano

 

Estimado suscriptor, queremos informarle que hemos puesto a su disposición los siguientes servicios:

  1. Acceso diario a los textos completos de las normas legales
  2. Acceso a las normas de uso frecuente clasificadas por áreas
  3. Acceso a la jurisprudencia tributaria clasificada por materias
  4. Actualización de los pioner de legislación tributaria y laboral
  5. Acceso a las publicaciones de “Contadores & Empresas” en versión digital
  6. Acceso a todos los boletines remitidos
  7. Acceso a los indicadores tributarios, laborales y financieros desde el año 2000
  8. Foros en línea
  9. Seminarios gratuitos on line

Para acceder a este servicio complementario y exclusivo del producto “Contadores y Empresas”, Ud. solo debe ingresar al link zona exclusiva para suscriptores que puede encontrar en nuestra página web (www.contadoresyempresas.com.pe), y luego debe activar su cuenta ingresando su número de contrato y su correo (el que figura en su contrato). Inmediatamente después le llegará a su correo un código y un password, el cual deberá digitar para ingresar a la zona exclusiva para suscriptores.

Hoy vence el plazo para que las unidades ejecutoras del Sector Público, cuyo último dígito del RUC sea 5, 6, 7, 8 y 9, realicen la declaración y pago de los tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales, tributos retenidos o percibidos correspondientes al periodo tributario de enero 2007.
Faltan tres días para que las unidades ejecutoras del Sector Público, cuyo último dígito del RUC sea 0, 1, 2, 3 y 4, realicen la declaración y pago de los tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales, tributos retenidos o percibidos correspondientes al periodo tributario de enero 2007.
Faltan cuatro días para que puedan efectuar la cancelación de la 4ª cuota del pago a cuenta del Impuesto Selectivo al Consumo, correspondiente al mes de febrero de 2007, los productores de bebidas rehidratantes, bebidas estimulantes o energizantes y demás bebidas no alcohólicas, gaseadas o no; así como los productores de combustibles derivados del petróleo
 

PRIMERA QUINCENA - FEBRERO 2007

 
 
Temas

Declaración jurada anual de personas naturales.

Febrero, mes de obligaciones tributarias municipales: acerca de los Impuestos Predial y Vehicular..

Principales gastos no deducibles respecto al Impuesto a la Renta de Tercera Categoría.

Comentando la Reforma Tributaria: La deducción por gastos de viaje de los trabajadores.
Modelos de Certificados de Rentas de 2ª, 4ª y 5ª categoría.

Tratamiento contable de las pérdidas tributarias.

Conozca cómo obtener una licencia de funcionamiento en 15 días.

 

Incluye nuevas secciones:

Libros y registros contables.

Comentando la Reforma Tributaria.

Procedimientos empresariales de interés.
 
 
 
 



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