JUEVES 22 DE FEBRERO DE 2007
 
 
 
 
   
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FE DE ERRATAS

En el Informe Práctico Tributario de la Revista Contadores & Empresas de la segunda quincena de diciembre de 2006, en el quinto párrafo del numeral 2 de la página A-6 referido al Tratamiento tributario del gasto efectuado por rentas de segunda, cuarta y quinta categoría hasta el 31 de diciembre de 2005, se señala lo siguiente:

DICE:

“En otras palabras, para la deducción del gasto, hasta el 31 de diciembre de 2006, ....”

DEBE DECIR:

“En otras palabras, para la deducción del gasto, hasta el 31 de diciembre de 2005, ....”

 

nuevo parÁmetro del pdt

 

Señor suscriptor:

Teniendo en cuenta que para el ejercicio 2007, el valor de la UIT es de S/. 3,450.00, se deberá actualizar dicho valor en el Programa de Declaración Telemática (PDT), debiendo ingresar al portal de la Sunat (www.sunat.gob.pe).

A partir del 1 de febrero de 2007, el PDT Nº 600 y el PDT Nº 616 que no cuenten con el parámetro de la UIT vigente serán rechazados.

CONTADORES & EMPRESAS


GABINETE PRORROGA DEBATE SOBRE INCENTIVOS TRIBUTARIOS PARA BIOCOMBUSTIBLES

 

El ministro de Energía y Minas, Juan Valdivia, informó que en la sesión del Consejo de Ministros del día de ayer se han iniciado las conversaciones para los incentivos tributarios al biocombustible; no obstante, no ha podido ser concluida ya que no se contaba con la presencia del ministro de Economía.

Al respecto, añadió que se ha culminado el reglamento para incentivar el consumo interno de biocombustibles y se ha conversado con los funcionarios de distintos ministerios que tienen que ver con el tema. Dicho reglamento será prepublicado para tomar la decisión correspondiente.


Finalmente, se ha definido que las responsabilidades serán diferenciadas entre el Ministerio de Agricultura, por la actividad en el campo para producir el insumo para los biocombustibles (etanol y biodiesel); el Ministerio de la Producción, en lo que se refiere a las plantas de producción de biocombustibles; y el Ministerio de Energía y Minas en cuanto el producto se incorpore a la red de comercialización.

Fuente: diario Gestión

APRUEBAN DISPOSICIONES QUE REGULAN LAS SOLICITUDES DE LEVANTAMIENTO DEL SECRETO BANCARIO QUE FORMULEN LOS SEÑORES FISCALES A LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

 

Hoy, jueves 22 de febrero de 2007, en el diario oficial El Peruano se publicó la Res. de la Fiscalía de la Nación Nº 234-2007-MP-FN, mediante la cual se aprueba la Directiva Nº 003-2007-MP-FN “Disposiciones que regulan las solicitudes de levantamiento del secreto bancario, reserva tributaria y reserva bursátil que formulen los señores fiscales a la Fiscalía de la Nación”.

 


 

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Hoy vence el plazo para el pago del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) de las operaciones realizadas entre el 1 y el 15 de febrero de 2007.
 

PRIMERA QUINCENA - FEBRERO 2007

 
 
Temas

Declaración jurada anual de personas naturales.

Febrero, mes de obligaciones tributarias municipales: acerca de los Impuestos Predial y Vehicular..

Principales gastos no deducibles respecto al Impuesto a la Renta de Tercera Categoría.

Comentando la Reforma Tributaria: La deducción por gastos de viaje de los trabajadores.
Modelos de Certificados de Rentas de 2ª, 4ª y 5ª categoría.

Tratamiento contable de las pérdidas tributarias.

Conozca cómo obtener una licencia de funcionamiento en 15 días.

 

Incluye nuevas secciones:

Libros y registros contables.

Comentando la Reforma Tributaria.

Procedimientos empresariales de interés.
 
 
 
 



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