MARTES 13 DE FEBRERO DE 2007
 
 
 
 
   
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MODIFICAN LA RESOLUCIÓN QUE APROBÓ LOS FORMATOS PARA LA APLICACIÓN
DEL NUEVO REGLAMENTO DE EQUIPAJE Y MENAJE DE CASA

Dispositivo

:

Resolución Nº 067-2007/SUNAT/A

Fecha de publicación

:

Martes 13 de febrero de 2007

Fecha de vigencia

:

Miércoles 14 de febrero de 2007

La presente resolución tiene como finalidad modificar las especificaciones técnicas para la elaboración del formato de Declaración Jurada de Equipaje – Ingreso y ampliar el plazo para que las compañías de transporte internacional de viajeros y las intendencias de aduana de la República utilicen indistintamente el formato de dicha declaración.

En cuanto al formato de Declaración Jurada de Equipaje – Ingreso, este debe contener las siguientes especificaciones:

  1. Tipo de papel: bond de 80 gramos.
  2. Tamaño: 29,7 x 15,7 cm (incluye margen de 6 mm por lado).
  3. Color de papel: blanco.
  4. Color de impresión: negro.

De igual manera, se amplía hasta el 31/05/2007 el plazo para que las compañías de transporte internacional de viajeros y las intendencias de aduana de la República utilicen indistintamente el formato de Declaración Jurada de Equipaje – Ingreso.

Finalmente, se autoriza hasta el 31/05/2007 para que el formato de la declaración en mención que se hubiera impreso con las especificaciones técnicas señaladas sea utilizado por las compañías de transporte internacional de viajeros y las intendencias de aduana de la República.


 

nuevo parÁmetro del pdt

 

Señor suscriptor:

Teniendo en cuenta que para el ejercicio 2007, el valor de la UIT es de S/. 3,450.00, se deberá actualizar dicho valor en el Programa de Declaración Telemática (PDT), debiendo ingresar al portal de la Sunat (www.sunat.gob.pe).

A partir del 1 de febrero de 2007, el PDT Nº 600 y el PDT Nº 616 que no cuenten con el parámetro de la UIT vigente serán rechazados.

CONTADORES & EMPRESAS


COMISIÓN PERMANENTE EVALUARÁ HOY SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

 

La comisión permanente del Congreso tiene previsto someter a debate el proyecto enviado por el Ejecutivo que propone la simplificación administrativa y la aplicabilidad del silencio administrativo positivo. En efecto, este proyecto busca cambiar la aplicación del silencio administrativo negativo, que actualmente rige como norma para los trámites en diversas instancias públicas; y del silencio positivo, que rige como una excepción, convirtiendo al primero en una excepción y al segundo en una regla.


No obstante, el presidente de la Comisión de Descentralización del Congreso, Juan Carlos Eguren, indicó que dicho proyecto podría ser peligroso para algunas funciones del Estado, tales como la recaudación. Asimismo, añadió que el Jurado Nacional de Elecciones y la Sunat se han pronunciado en contra de dicho proyecto, pudiendo repercutir esto en los distintos gobiernos regionales, en el Congreso, en el Poder Judicial e incluso en la Contraloría.

En ese sentido, la Comisión ha acordado incorporarle plazos a esta norma y darle al ejecutivo 180 días para que pida a las instituciones del Estado toda la información sobre sus TUPA, a fin de que se pueda seleccionar los procedimientos administrativos críticos en los cuales no podría aplicarse el silencio administrativo positivo.

Fuente: diario Gestión

EJECUTIVO PLANTEA CAMBIOS A LA LEY DE SALUD

 

El Poder Ejecutivo presentó una propuesta legislativa que busca modificar varios artículos de la Ley General de Salud.

Entre las modificaciones propuestas se encuentran: a) restablecer la exigencia de las autorizaciones sanitarias de funcionamiento, previas al inicio de las actividades de producción, distribución o expendio de los productos farmacéuticos; b) modificar los plazos necesarios para la evaluación y aprobación del registro sanitario; y, c) incluir la obligación de presentar resultados del control de calidad del primer lote de productos que las empresas colocan en el mercado, así como de los otros lotes que comercializan.


Asimismo, en dicho proyecto se han incluido los mecanismos de actualización de la vigencia tanto del registro sanitario como de la autorización sanitaria de funcionamiento de los establecimientos, a fin de hacer más transparente el mercado y favorecer las acciones de control y vigilancia sanitaria.

Es por ello que el registro sanitario tendrá que renovarse cada 5 años, pero podrá suspenderse cuando informaciones científicas de la Organización Mundial de Salud determinen que el producto es inseguro o ineficaz en su uso.

Finalmente, otro aspecto a destacar de la propuesta es que busca fijar la responsabilidad solidaria sobre la calidad de los productos farmacéuticos, con lo cual se establece que la responsabilidad será entre la empresa fabricante y quien encarga a fabricación, si son elaborados en el país.

Fuente: diario Gestión
 

Estimado suscriptor, queremos informarle que hemos puesto a su disposición los siguientes servicios:

  1. Acceso diario a los textos completos de las normas legales
  2. Acceso a las normas de uso frecuente clasificadas por áreas
  3. Acceso a la jurisprudencia tributaria clasificada por materias
  4. Actualización de los pioner de legislación tributaria y laboral
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  6. Acceso a todos los boletines remitidos
  7. Acceso a los indicadores tributarios, laborales y financieros desde el año 2000
  8. Foros en línea
  9. Seminarios gratuitos on line

Para acceder a este servicio complementario y exclusivo del producto “Contadores y Empresas”, Ud. solo debe ingresar al link zona exclusiva para suscriptores que puede encontrar en nuestra página web (www.contadoresyempresas.com.pe), y luego debe activar su cuenta ingresando su número de contrato y su correo (el que figura en su contrato). Inmediatamente después le llegará a su correo un código y un password, el cual deberá digitar para ingresar a la zona exclusiva para suscriptores.

Hasta hoy pueden efectuar la cancelación de la 2ª cuota del pago a cuenta del Impuesto Selectivo al Consumo, correspondiente al mes de febrero de 2007, los productores de bebidas rehidratantes, bebidas estimulantes o energizantes y demás bebidas no alcohólicas, gaseadas o no; así como los productores de combustibles derivados del petróleo.
Falta un día para el vencimiento del plazo para la comunicación a la Sunat sobre las transferencias, emisiones y cancelación de acciones efectuadas en el mes anterior.
Faltan dos días para el vencimiento del plazo para el pago del aporte al Conafovicer (2% del jornal básico).
Faltan tres días para el vencimiento del Impuesto a los Juegos e Impuesto a las Apuestas y del pago de la contribución al Senati.
 

SEGUNDA QUINCENA - ENERO 2007

 
 
Temas

Suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta.

Principales gastos deducibles sujetos a límites.

La deducción por gastos de movilidad de los trabajadores.

¿Qué sanciones se originan por impedir la realización de la labor inspectiva por parte del Ministerio de Trabajo?.
Información mínima que deberá contener el Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios.

La firma digital: ¿Cómo obtenerla y cuándo emplearla?


 

Incluye nuevas secciones:

Libros y registros contables.

Comentando la Reforma Tributaria.

Procedimientos empresariales de interés.
 
 
 
 



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