JUEVES 08 DE FEBRERO DE 2007
 
 
 
 
   
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PUBLICAN ANEXOS DEL TUPA DE LA SUNAT

Dispositivo

:

Anexo - Decreto Supremo Nº 005-2007-EF

Fecha de publicación

:

Jueves 8 de febrero de 2007

Fecha de vigencia

:

Viernes 9 de febrero de 2007

Mediante la presente norma se publican los anexos “Direcciones de las intendencias, oficinas zonales y otros lugares de atención” y “Notas de aplicación general” del TUPA de la SUNAT.

Entre las principales notas de aplicación general podemos mencionar:

  1. Identificación: todo administrado o representante que inicie o promueva algún trámite o procedimiento ante las dependencias de la SUNAT deberá exhibir su DNI, en caso de tener nacionalidad peruana. En caso de extranjeros y agentes diplomáticos deberán exhibir carné de extranjería, cédula diplomática de identidad o pasaporte. El documento debe estar vigente y legible.
  2. Actuación: los trámites o procedimientos deberán realizarse directamente por el titular, persona física o jurídica, quien deberá identificarse. En caso de persona jurídica, lo realiza su representante legal. Los trámites o procedimientos también podrán ser realizados por personas autorizadas. En este caso, estos deberán exhibir su DNI y acreditar plenamente su representación.
  3. Responsabilidad administrativa: solo se exigirá a los administrados el cumplimiento de procedimientos, la presentación de documentos, el suministro de información o el pago por derechos de tramitación

OTORGAMIENTO DE LA BONIFICACIÓN POR ESCOLARIDAD PARA EL AÑO 2007
EN EL SECTOR PÚBLICO

Dispositivo                            

:

Decreto Supremo N° 010-2007-EF

Fecha de publicación

:

Jueves 8 de febrero de 2007

Fecha de vigencia

:

Viernes 9 de febrero de 2007

El objetivo de la presente norma es establecer disposiciones relativas al otorgamiento de la bonificación por escolaridad fijada en S/.300,00 (Trescientos y 00/100 nuevos soles), por el artículo 8 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Ley N° 28927, la cual se abona por única vez, conjuntamente con la planilla de pago correspondiente al mes de febrero de 2007.

Esta norma es aplicable a los funcionarios y servidores nombrados y contratados; obreros permanentes y eventuales del Sector Público y al personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, así como a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, Decretos Leyes N° 19846 y 20530, Decreto Supremo N° 051-88-PCM de fecha 12 de abril de 1988, y la Ley N° 28091.

Los requisitos para percibir la bonificación por escolaridad son los siguientes:

  1. Estar laborando al 31 de enero del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley
    N° 26790.
  2. Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres (3) meses al 31 de enero del presente año. Si no contara con el referido tiempo de tres meses, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses laborados.

La percepción de este beneficio es incompatible con la percepción de cualquier otro beneficio en especie o dinerario, de naturaleza similar que, con igual o diferente denominación, otorga la entidad pública, independientemente de la fecha de su percepción dentro del ejercicio fiscal.

Asimismo, esta bonificación no está afecta a los descuentos por cargas sociales, fondos especiales de retiro y aportaciones al Sistema Privado de Pensiones ni constituye base de cálculo para el reajuste de cualquier tipo de remuneración, bonificación, beneficio o pensión.

Finalmente, las entidades del Sector Público que habitualmente han otorgado esta bonificación, independientemente de su régimen laboral, no podrán fijar montos superiores al establecido en el artículo 1 de la presente norma, bajo responsabilidad del Director General de Administración o el que haga sus veces. Así también, esta bonificación no alcanza a las personas que prestan servicios bajo la modalidad de contratos por servicios no personales o locación de servicios.

 

nuevo parÁmetro del pdt

 

Señor suscriptor:

Teniendo en cuenta que para el ejercicio 2007, el valor de la UIT es de S/. 3,450.00, se deberá actualizar dicho valor en el Programa de Declaración Telemática (PDT), debiendo ingresar al portal de la Sunat (www.sunat.gob.pe).

A partir del 1 de febrero de 2007, el PDT Nº 600 y el PDT Nº 616 que no cuenten con el parámetro de la UIT vigente serán rechazados.

CONTADORES & EMPRESAS



SE ALISTA NUEVA PROPUESTA PARA PENSIÓN MÍNIMA DE AFILIADOS A LAS AFP

 

El presidente de la República, Alan García, aseguró que en los próximos meses se concretará la libre desafiliación de las AFP, e indicó que posteriormente se creará una pensión mínima para aquellas personas que perdieron ese beneficio al salir del Sistema Nacional de Pensiones.

Sobre este punto, el jefe de la Superintendencia de Banca y Seguros, Juan José Marthans, informó que la superintendencia ha trabajado este tema en semanas anteriores, habiendo alcanzado al Congreso y al Ejecutivo su propuesta para que la pensión mínima llegue a S/. 415. Asimismo, manifestó su coincidencia con el mandatario  y señaló que es necesario buscar la libre desafiliación de las AFP con responsabilidad social.

 

Fuente: diario Gestión

MINERAS JUNIOR INTERESADAS EN INGRESAR A LA BOLSA DE VALORES DE LIMA

 

La presidenta de la Bolsa de Valores de Lima, Carmela de Marrou, informó que al menos cinco o seis nuevas compañías mineras exploradoras (mineras juniors), en su mayoría canadienses, se han acercado a la Bolsa para evaluar posibles ingresos.

Al respecto, añadió que las mineras junior en el mercado bursátil local, han llegado a Lima para incrementar sus fuentes de financiamiento para multimillonarios proyectos. En ese sentido, si bien la Bolsa de Valores de Lima es considerada pequeña en comparación con sus pares regionales, como el gran mercado bursátil brasileño, resulta ser el mejor espacio de negociación para que las junior puedan brillar.


Finalmente, recordó que la compañía canadiense Perú Cooper se encuentra desarrollando un prometedor proyecto de cobre Toromocho y sus acciones se han transado en los últimos meses con un mayor volumen en la Bolsa de Valores de Lima que en otros mercados.

Fuente: diario Gestión 


 

Estimado suscriptor, queremos informarle que hemos puesto a su disposición los siguientes servicios:

  1. Acceso diario a los textos completos de las normas legales
  2. Acceso a las normas de uso frecuente clasificadas por áreas
  3. Acceso a la jurisprudencia tributaria clasificada por materias
  4. Actualización de los pioner de legislación tributaria y laboral
  5. Acceso a las publicaciones de “Contadores & Empresas” en versión digital
  6. Acceso a todos los boletines remitidos
  7. Acceso a los indicadores tributarios, laborales y financieros desde el año 2000
  8. Foros en línea
  9. Seminarios gratuitos on line

Para acceder a este servicio complementario y exclusivo del producto “Contadores y Empresas”, Ud. solo debe ingresar al link zona exclusiva para suscriptores que puede encontrar en nuestra página web (www.contadoresyempresas.com.pe), y luego debe activar su cuenta ingresando su número de contrato y su correo (el que figura en su contrato). Inmediatamente después le llegará a su correo un código y un password, el cual deberá digitar para ingresar a la zona exclusiva para suscriptores.

Faltan cinco días para que puedan efectuar la cancelación de la 2ª cuota del pago a cuenta del Impuesto Selectivo al Consumo correspondiente al mes de febrero de 2007, los productores de bebidas rehidratantes, bebidas estimulantes o energizantes y demás bebidas no alcohólicas, gaseadas o no; así como los productores de combustibles derivados del petróleo.
Faltan seis días para el vencimiento del plazo para la comunicación a la Sunat sobre las transferencias, emisiones y cancelación de acciones efectuadas en el mes anterior.
 

SEGUNDA QUINCENA - ENERO 2007

 
 
Temas

Suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta.

Principales gastos deducibles sujetos a límites.

La deducción por gastos de movilidad de los trabajadores.

¿Qué sanciones se originan por impedir la realización de la labor inspectiva por parte del Ministerio de Trabajo?.
Información mínima que deberá contener el Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios.

La firma digital: ¿Cómo obtenerla y cuándo emplearla?


 

Incluye nuevas secciones:

Libros y registros contables.

Comentando la Reforma Tributaria.

Procedimientos empresariales de interés.
 
 
 
 



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