JUEVES 31 DE ENERO DE 2008
 
 
 
   
   
   
   
PRINCIPALES NORMAS DEL DÍA

NOTICIAS DEL DÍA

LE RECORDAMOS QUE...

BOLETINES ANTERIORES

   
   
   
   

PRINCIPALES CONTRIBUYENTES PODRÁN UTILIZAR DISCOS COMPACTOS O MEMORIAS USB PARA PRESENTAR SUS DECLARACIONES

Dispositivo

:

Resolución de Superintendencia
Nº 013-2008/SUNAT

Fecha de publicación

:

Jueves, 31 de enero de 2008.

Fecha de vigencia

:

Viernes, 1 de febrero de 2008.


El artículo 88 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificatorias, establece que la Administración Tributaria, a solicitud del deudor tributario, puede autorizar la presentación de la declaración tributaria por medios magnéticos, fax, transferencia electrónica, o por cualquier otro medio que señale, previo cumplimiento de las condiciones que se establezca mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar. Asimismo, agrega que se podrá establecer para determinados deudores la obligación de presentar la declaración en las formas antes mencionadas y en las condiciones que se señale para ello.

En ese sentido, con la finalidad de simplificar y agilizar procedimientos, la Sunat desarrolla y aprueba diversas modalidades para cumplir con este fin, como son los Programas de Declaración Telemática (PDT) que reemplazan los formularios físicos permitiendo a los contribuyentes grabar la información en disquetes de capacidad 1.44 MB, de 3.5 pulgadas, los cuales pueden ser presentados en locales de la Sunat o a través de Sunat Virtual.

Es así que, existiendo actualmente otros dispositivos de almacenamiento de información, distintos al disquete, que cumplen la misma función que el mencionado, como es el caso de los discos compactos (CD’s) y memorias USB, la Sunat ha aprobado un nuevo medio para la presentación de los formularios virtuales generados por los PDT en los locales de la misma.

En efecto, la norma en comentario dispone facultar a los Principales Contribuyentes a presentar sus declaraciones elaboradas mediante PDT en las Unidades de Principales Contribuyentes de la Sunat que le correspondan, grabando las mismas no solo en disquetes, sino también en discos compactos o memorias USB.

Cabe anotar que las causales de rechazo y otras disposiciones aplicables a los disquetes así como a la información contenida en estos, serán también de aplicación a los discos compactos o memorias USB, en caso de que estos sean utilizados.

 

APRUEBAN REUBICACIÓN DIRECTA DE EX TRABAJADORES CESADOS IRREGULARMENTE QUE OPTARON POR LA REINCORPORACIÓN Y REUBICACIÓN LABORAL

Dispositivo

:

Resolución Ministerial Nº 035-2008-TR

Fecha de publicación

:

Jueves, 31 de enero de 2008

Fecha de vigencia

:

Viernes, 1 de febrero de 2008

Mediante la presente resolución se aprueba la reubicación directa de los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente que optaron por el beneficio de la reincorporación y reubicación laboral previsto por la Ley Nº 27803.

La referida reubicación se efectuará en las plazas comunicadas por las entidades y empresas del Estado, de acuerdo con las comunicaciones efectuadas, y deberán efectuarse en un plazo de cinco (5) días hábiles desde su publicación.

Ver lista de reubicaciones en el anexo adjunto.

Ver Anexo Adjunto

 

MINISTERIO DE TRABAJO BUSCA AGILIZAR TRÁMITE DE INSCRIPCIÓN DE CONTRATOS

 

Como bien sabemos, en la actualidad, la inscripción de los contratos de trabajo demora aproximadamente 2 días, logrando así que las empresas consideren dicho trámite como engorroso.

Sobre el particular, el viceministro de Trabajo, Jorge Villasante, informó que a partir de la quincena de febrero se reducirá dicho tiempo, logrando así que la inscripción de los contratos de trabajo duren solo (15) minutos.


Asimismo, precisó que en marzo las empresas deberán llevar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) los contratos impresos y un CD-ROM con la información escaneada de los contratos que están registrando. Con esta medida se busca reducir el volumen de papeles que se archivan en el ministerio y lograr una verificación más rápida a los contratos.

Respecto al llenado de Planillas Electrónicas, Jorge Villasante indicó que en marzo iniciarán una campaña nacional de orientación sobre este tema.

IMPLEMENTAN SISTEMA DE VENTANILLA ÚNICA QUE PERMITE CONSTITUCIÓN
DE MYPES EN 72 HORAS

 

Luego de diversas coordinaciones entre el Colegio de Notarios de Lima, la Presidencia del Consejo de Ministros, la Sunat, la Sunarp, el Reniec y el Programa Mi Empresa del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, finalmente, se logró concretar el Sistema de Ventanilla Única para la constitución de la Micro y Pequeña Empresa (MYPE).


El Sistema de Ventanilla Única es un programa en línea que simplifica los trámites que se realizan actualmente para la constitución de la MYPE; en efecto, a través del referido sistema una MYPE quedará constituida en solo 72 horas, lo que antes se realizaba en 16 días.

Al respecto, el Colegio de Notarios de Lima señaló que esta nueva modalidad reduce los costos y plazos que implicaba tal procedimiento para los usuarios.

Cabe anotar que los interesados podrán ingresar al portal de servicios al ciudadano www.serviciosalciudadano.gob.pe, o a través de las notarías o de un asesor en las oficinas de Mi Empresa del MTPE.

Hoy vence el pago de la cuarta cuota del fraccionamiento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo del ejercicio 2007.
Faltan cuatro días para que venza el plazo para el pago de AFP en cheque de otro banco.
   
 

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SEGUNDA QUINCENA - ENERO 2008

 
   
 

DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS 2007
¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A SU PRESENTACIÓN?

Principales gastos deducibles sujetos a límites

Casos especiales: Suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de 4ª categoría.
Procedimiento tributario: ¿Cómo solicitar la suspensión de retenciones del Impuesto a la Renta 4ª categoría a través de Sunat Virtual?
Jurisprudencia tributaria comentada: Para demostrar la propiedad de un bien mueble es necesario probar que hubo entrega física del bien

Modelos: Certificado de Retención de rentas de 4ª y 5ª categoría

Resumen legal tributario: Regulan aplicación de intereses a las devoluciones de pagos indebidos y/o en exceso.
El gasto por amortización y su incidencia tributaria.
Informática para contadores: Cómo llenar el balance de comprobación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta de 3ª categoría.
Nuevas directivas aprobadas por el Ministerio de Trabajo en materia de fiscalización laboral.
Dificultades que se presentan en el PDT Planillas Electrónicas relacionadas al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
Fiscalización en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el sector de construcción civil.
 



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