AGENDA
Lima, 19 de Julio de 2005
Tipos de Cambio del Día

DÓLAR

Compra 3.252
Venta 3.254

EURO

Compra 3.872
Venta 3.969
BOLETÍN TRIBUTARIO BOLETÍN LABORAL BOLETÍN CONTABLE - FINANCIERO BOLETÍN GUBERNAMENTAL


EVENTO

PRINCIPALES ASPECTOS REGULADOS POR EL CÓDIGO TRIBUTARIO:

 

Facultades de la Sunat, Determinación de deuda tributaria, Infracciones y Sanciones, Reclamaciones y Apelaciones


DIRIGIDO A:

 
 

Gerentes generales, gerentes financieros, contadores, administradores, abogados, asesores y público en general.

EXPOSITOR:

 
 
Dr. Carlos Bassallo Ramos
Dra. Elizabeth Nima Nima

FECHA:

 
 
Martes 26 de julio de 2005
HORA DE CONVOCATORIA: 
 
17:30 p.m.

DURACIÓN:

 
 

18:00 p.m. a 21:00 p.m.

LUGAR:

 

CENTRO AERONÁUTICO DEL PERÚ - SALÓN DE RECEPCIONES

DIRECCIÓN:

 
 

Av. Javier Prado Oeste Nº 1081 – San Isidro

INVERSIÓN:

 
 
SUSCRIPTORES
: S/. 100.00
 
PÚBLICO EN GENERAL
: S/. 150.00
 
TARIFA CORPORATIVA
: 12% de descuento a partir de tres personas

BENEFICIOS:

 
 

LIBRO GUÍA PRÁCTICA DEL CÓDIGO TRIBUTARIO

 

COFFEE BREAK

 

CERTIFICADO DE PARTICIPACIÓN

 

VER INFORMACIÓN DEL EVENTO 

 

ENVIAR FICHA DE INSCRIPCIÓN AL FAX: (01) 241-2323

 

NOTA

A los señores suscriptores de provincias que deseen participar en nuestro evento sírvanse comunicarse con el distribuidor de su jurisdicción.

 

INFORMES E INSCRIPCIONES

Av. Angamos Oeste Nº 526 - Miraflores
(01) 446-4003 / (01) 446-3902 / (01) 242-9480 / (01) 446-0212 /
 (01) 242-4675 / (01) 9789-9737


 ventas@contadoresyempresas.com.pe
www.contadoresyempresas.com.pe

 

PRÓXIMO EVENTO GRATUITO LIMA

26 DE JULIO

PRINCIPALES ASPECTOS REGULADOS POR EL
CÓDIGO TRIBUTARIO

Se comunica a todos nuestros suscriptores y público en general que por motivos de fuerza mayor se ha cambiado la fecha del Evento Gratuito PRINCIPALES ASPECTOS REGULADOS POR EL CÓDIGO TRIBUTARIO del jueves 21 de julio (publicado en nuestra revista correspondiente a la segunda quincena del mes de junio) al martes 26 de julio del presente año. Por ello pedimos disculpas y comprensión por los cambios suscitados.

Nota :
Para mayor información comunicarse a los teléfonos: (01) 446-4003, (01) 446-3902, (01) 242-9480, (01) 446-0212, (01) 242-4675, (01) 9789-9737 o al correo electrónico ventas@contadoresyempresas.com.pe .

PRONTO...

DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA

SEMINARIO GRATUITO PARA SUSCRIPTORES

TEMA: OBLIGACIONES LABORALES DEL EMPLEADOR

INFORMES E INSCRIPCIONES
Srta. Lenny Nadhia Servan López
Calle San José Nº 180
(076) 368-831 / (076) 9682553


DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO

SEMINARIO GRATUITO PARA SUSCRIPTORES

TEMA: CÓDIGO TRIBUTARIO

INFORMES E INSCRIPCIONES
Sr. CPC Fernando Portilla Huertas
Jirón Tarapacá Nº 243-B
(062) 513-631 / (062) 9604591

100 MIL PERSONAS SE BENEFICIARÁN
CON FLEXIBILIZACIÓN DEL SAT

Alrededor de 100 mil personas se beneficiarían con las ordenanzas emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas ayer en el diario oficial El Peruano, cuyo objetivo es facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los vecinos de la jurisdicción, especialmente de aquellos que tengan la condición de riesgo social y los jubilados.

Entre las medidas adoptadas se puede mencionar la ampliación del plazo para pagar 

las infracciones de tránsito de 7 a 15 días, con una rebaja del 50%, así como la transferencia al SAT de la administración de todos los depósitos de la municipalidad. También, brinda facilidades a los pensionistas para que abonen sus arbitrios de 1996 a 2004, eliminando los intereses, costos y gastos que se hubiesen generado.

De igual manera, se establece un régimen de beneficios para los pobladores ubicados en Mirones Bajo, los cuales hasta el 31 de diciembre podrán pagar con trabajos comunales el 75% de su deuda y fraccionar la diferencia hasta en 12 cuotas. Además, se amplía la exoneración por riesgo social, la que se aplicará no solo a los arbitrios municipales sino a todo tipo de deuda tributario y no tributaria.

SBS ANALIZARÁ LA ESTRUCTURA 
TARIFARIA DEL SOAT

El Ministro de Transportes y Comunicaciones, José Ortiz, manifestó que la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) analizará la estructura tarifaria de las compañías de seguros, con la finalidad de establecer si las mencionadas alzas que se aplicarían al Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT) son justificables.

Asimismo, señaló que se ha pedido a las autoridades del Sector Salud que revisen también el ingreso a los hospitales de personas que sufrieron accidentes de tránsito.

FE DE ERRATAS


En nuestro Boletín Comercial del 12 de julio de 2005, por un error involuntario se citó incorrectamente como dispositivo de la norma el Decreto Ley Nº 26002 debiendo decir Ley Nº 28580.

Pedimos las disculpas del caso, y les estaremos informando sobre cualquier modificación de dicha norma.

 

LES RECORDAMOS EL CRONOGRAMA DE
BUENOS CONTRIBUYENTES

Recordamos a ustedes que el cronograma de obligaciones tributarias de los buenos contribuyentes, para el presente año, es el siguiente:

PERIODO TRIBUTARIO DÍGITOS DÍGITOS
0, 1, 2, 3 Y 4 5, 6, 7, 8 Y 9
Feb/05
Mar/05
Abr/05
May/05
Jun/05
Jul/05
Ago/05
Sep/05
Oct/05
Nov/05
Dic/05
22/Mar/2005
26/Abr/2005
23/May/2005
24/Jun/2005
22/Jul/2005
24/Ago/2005
23/Sep/2005
26/Oct/2005
24/Nov/2005
27/Dic/2005
24/Ene/2006
23/Mar/2005
25/Abr/2005
24/May/2005
23/Jun/2005
25/Jul/2005
23/Ago/2005
26/Sep/2005
25/Oct/2005
25/Nov/2005
23/Dic/2005
25/Ene/2006

 

REVISTA CONTADORES & EMPRESAS
ACTUALIZACIÓN DEL PIONER TRIBUTARIO


Les informamos que respecto a la actualización del Pioner Tributario del mes de mayo de 2005, en la hoja de instrucción que acompaña a las hojas de actualización tributaria de la Sección A-Código Tributario, se indicó que se adicione las páginas 147-a y 148-a, debiendo ser: “(...) 148-a y 148-b” , por lo que les sugerimos tenerlo en cuenta cuando proceda a actualizar su Pioner Tributario.

Muy atentamente,

CONTADORES & EMPRESAS


Estimado suscriptor le comunicamos que a partir de la fecha usted tiene a su disposición una línea nueva más para sus consultas telefónicas:

445-5066  

HORARIO DE ATENCIÓN AL SUSCRIPTOR

Lunes a viernes de 9:00 a 1:00 pm. y de 2:30 a 6:00 pm.

 
 

AÑO 2005 REVISTA
Junio 1ra. quincena junio
2da. quincena junio

Mayo 1ra. quincena mayo
2da. quincena mayo

Abril 1ra. quincena abril
2da. quincena abril

Marzo

Febrero

Enero




24 Revistas Contadores & Empresas
Suplementos gratuitos
Agenda ejecutiva 2005
         
Guía práctica de Documentos Empresariales
Guía práctica Laboral Empresarial
Guía práctica del Código Tributario
         
Guía práctica del IGV
Guía práctica del Impuesto a la Renta
Pioner Tributario
         
Pioner Laboral
Software - Más de 5,000 normas y más de
1,000 jurisprudencias en temas tributarios, laborales y otros.
Boletines Empresariales
         
Boletines Legales diarios
Consultas telefónicas personalizadas
- Consultas por correo electrónico
Información on line
         
Seminarios de actualización
Calendario tributario laboral-2005
Calendario gigante de vencimiento de obligaciones 2005
         
   
   
   
Tarjeta codificada de acceso a la información y descuentos
   

 

FIJAN PRECIOS CIF DE REFERENCIA A LA IMPORTACIÓN
DE MAÍZ, AZÚCAR, ARROZ Y LÁCTEOS

Mediante Resolución Viceministerial Nº 014-2005-EF/15, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se publican los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a la importación de maíz, azúcar, arroz y lácteos.

PRECIOS CIF DE REFERENCIA
(Decreto Supremo Nº 115-2001-EF)
US$ por T.M.

Fecha

Maíz

Azúcar

Arroz

Leche entera en polvo

Del 1/7/2005 al 15/7/2005

124

343

317

2 355


FE DE ERRATAS

Mediante Oficio Nº 1107-2005-SGC/MML, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita que se publique una Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 797 que fue publicada el día 17 de julio de 2005.

Dice :

Artículo 8.- Criterios para el acogimiento

(...)

TABLA II
Cuotas Mensuales del Fraccionamiento

Modalidades de Fraccionamiento

Nº de Cuotas mensuales
Categoría de ingreso del pensionista

  I II III IV V

Fracc. A

2 a 20

2 a 18

2 a 12

2 a 6

2 a 4

Fracc. B

2 a 36

2 a 24

2 a 16

2 a 12

2 a 8

Fracc. C

2 a 48

2 a 40

2 a 36

2 a 24

2 a 12

Fracc. D

2 a 60

2 a 52

2 a 40

2 a 36

2 a 24

Fracc. E

2 a 60

2 a 52

2 a 48

2 a 40

2 a 36

Fracc. F

2 a 60

2 a 60

2 a 60

2 a 52

2 a 48

Fracc. G

2 a 60

2 a 60

2 a 60

2 a 60

2 a 60

 

Debe decir:

Artículo 8.- Criterios para el acogimiento

(...)

TABLA II

Cuotas Mensuales del Fraccionamiento

Modalidades de Fraccionamiento

Nº de Cuotas mensuales
Categoría de ingreso del pensionista

 
I
II
III
IV
V

Fracc. A

2 a 20

2 a 18

2 a 12

2 a 8

2 a 4

Fracc. B

2 a 24

2 a 20

2 a 16

2 a 12

2 a 8

Fracc. C

2 a 30

2 a 24

2 a 20

2 a 16

2 a 12

Fracc. D

2 a 36

2 a 28

2 a 28

2 a 24

2 a 20

Fracc. E

2 a 36

2 a 30

2 a 30

2 a 30

2 a 24

Fracc. F

2 a 36

2 a 36

2 a 36

2 a 32

2 a 30

Fracc. G

2 a 36

2 a 36

2 a 36

2 a 36

2 a 36

 

FE DE ERRATAS

Mediante Oficio Nº 1107-2005-SGC/MML, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita que se publique una Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 798 que fue publicada el día 17 de julio de 2005.

Dice:

En la sumilla;

“Establecen disposiciones para la Gradualidad de Multas Administrativas”.

En el artículo segundo;

Artículo segundo.- Gradualidad

  1. Las multas tributarias serán rebajadas en un noventa por ciento (90%), siempre que el deudor tributario cumpla con presentar la declaración jurada omitida con anterioridad a cualquier notificación o requerimiento de la Administración Tributaria Municipal, relativa al tributo.
  2. Si la declaración se realiza con posterioridad a la notificación o requerimiento de la Administración Tributaria Municipal, pero antes de la notificación de la Resolución de Multa, la sanción se reducirá en un ochenta por ciento (80%).
  3. Cuando la declaración jurada se presente con posterioridad a la notificación de la Resolución de multa, la sanción será rebajada en un setenta por ciento (70%).

Debe decir:

 En la sumilla;

“Establecen disposiciones para la Gradualidad de Multas Tributarias”.

En el artículo segundo;

Artículo segundo.- Gradualidad

  1. Las multas tributarias serán rebajadas en un noventa por ciento (90%), siempre que el deudor tributario cumpla con cancelar la sanción con anterioridad a cualquier notificación o requerimiento de la Administración Tributaria Municipal.
  2. Si la cancelación se realiza con posterioridad a la notificación o requerimiento de la Administración Tributaria Municipal, pero antes de la notificación de la Resolución de Multa, la sanción se reducirá en un ochenta por ciento (80%).
  3. a)     Cuando la cancelación de la sanción se realice con posterioridad a la notificación de la Resolución de multa, la sanción será rebajada en un setenta por ciento (70%).

 

SUSTITUYEN EL ARTÍCULO 55 DE LA LEY GENERAL DEL
SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO

Dispositivo
:

Decreto de Urgencia Nº 016-2005

Fecha de publicación 
:

Martes 19 de julio de 2005

Fecha de vigencia
:

Miércoles 20 de julio de 2005

Mediante la norma en comentario se sustituye el artículo 55 de la Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento – Ley Nº 28563, por el siguiente texto:

Artículo 55.- Regla de prudencia y registro de pasivos
55.1

El flujo anual de los compromisos financieros, firmes y contingentes, a cargo del Gobierno Nacional derivados de los procesos de promoción de la inversión privada y concesiones, en ningún caso podrá exceder de 0.5% del Producto Bruto Interno por año.

 
55.2
La Dirección Nacional del Endeudamiento Público registra, con fines estadísticos, los compromisos financieros, firmes y contingentes, del Gobierno Nacional derivados de los contratos suscritos en el marco del proceso de promoción de la inversión privada y concesiones.
 

Asimismo, se deroga el segundo párrafo de la Sexta Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28563.

FIJAN PLAZOS PARA LA REMISIÓN DE INFORMACIÓN PRESUPUESTAL DE LOS GOBIERNOS LOCALES

Dispositivo
:

Resolución Directoral Nº 040-2005-EF/76.01

Fecha de publicación 
:

Martes 19 de julio de 2005

Fecha de vigencia
:

Miércoles 20 de julio de 2005

Mediante la norma en comentario se fijan los plazos para la remisión de la información presupuestal de los Gobiernos Locales, a que se refiere la “Directiva para la programación, formulación y aprobación del presupuesto institucional de los gobiernos locales para el año fiscal 2006” de acuerdo a lo siguiente:

  1. Hasta el 27 de julio de 2005, el plazo para que las municipalidades distritales remitan sus anteproyectos de presupuesto correspondiente al año fiscal 2006 a la municipalidad provincial, a la cual se vinculan geográficamente.

  2.  Hasta el 3 de agosto de 2005, el plazo para que las municipalidades provinciales remitan a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, a través del aplicativo informático respectivo, la información consolidada a nivel provincial de los anteproyectos de presupuestos institucionales, así como la información detallada por cada municipalidad distrital.

APRUEBAN LA DIRECTIVA PARA LA EVALUACIÓN DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE LAS ENTIDADES DEL TRATAMIENTO EMPRESARIAL

Dispositivo
:

Resolución Directoral Nº 037-2005-EF/76.01

Fecha de publicación 
:

Martes 19 de julio de 2005

Fecha de vigencia
:

Miércoles 20 de julio de 2005

Mediante la norma en comentario se aprueba la Directiva Nº 014-2005-EF/76.01 “Directiva para la Evaluación del Presupuesto Institucional de las Entidades de Tratamiento Empresarial al Primer Semestre del Año Fiscal 2005”.

Dicha norma tiene como objetivo establecer los lineamientos técnicos y procedimientos necesarios para la elaboración y presentación de la Evaluación Presupuestaria Institucional al Primer Semestre del Año Fiscal 2005 de las Entidades de Tratamiento Empresarial.

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