AGENDA
Lima, 13 de Julio de 2005
Tipos de Cambio del Día

DÓLAR

Compra 3.250
Venta 3.251

EURO

Compra 3.922
Venta 3.952
BOLETÍN TRIBUTARIO BOLETÍN LABORAL BOLETÍN CONTABLE BOLETÍN FINANCIERO


EVENTO

GUÍA PRÁCTICA DEL CÓDIGO TRIBUTARIO


Extinción de la Obligación Tributaria
   
Reclamos y Apelaciones
   
Principales Infracciones, Sanciones y Régimen de Gradualidad
     

DIRIGIDO A:

 
 

Gerentes generales, gerentes financieros, contadores, administradores, abogados, asesores y público en general.

EXPOSITOR:

 
 
Dr. Carlos Bassallo Ramos
Dra. Elizabeth Nima Nima

FECHA:

 
 
Lunes 18 de julio de 2005
HORA DE CONVOCATORIA: 
 
5:30 p.m.

DURACIÓN:

 
 

18:00 p.m. a 21:00 p.m.

LUGAR:

 
HOTEL SOL DE ORO

DIRECCIÓN:

 
 

Calle San Martín Nº 305 – Miraflores (espalda Sunat de Benavides)

INVERSIÓN:

 
 
SUSCRIPTORES
: S/. 100.00
 
PÚBLICO EN GENERAL
: S/. 150.00
 
TARIFA CORPORATIVA
: 12% de descuento a partir de tres personas

BENEFICIOS:

 
 

LIBRO GUÍA PRÁCTICA DEL CÓDIGO TRIBUTARIO

 

COFFEE BREAK

 

CERTIFICADO DE PARTICIPACIÓN

 

VER INFORMACIÓN DEL EVENTO 

 

ENVIAR FICHA DE INSCRIPCIÓN AL FAX: (01) 241-2323

 

NOTA

A los señores suscriptores de provincias que deseen participar en nuestro evento sírvanse comunicarse con el distribuidor de su jurisdicción.

 

INFORMES E INSCRIPCIONES

Av. Angamos Oeste Nº 526 - Miraflores
(01) 446-4003 / (01) 446-3902 / (01) 242-9480 / (01) 446-0212 /
 (01) 242-4675 / (01) 9789-9737


 ventas@contadoresyempresas.com.pe
www.contadoresyempresas.com.pe

 

DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN
CIUDAD DE TARAPOTO

AGRADECEMOS SU PARTICIPACIÓN A
NUESTRO EVENTO GRATUITO DENOMINADO

OBLIGACIONES LABORALES DEL EMPLEADOR

El día 9 de julio del presente mes se llevó a cabo en la ciudad de Tarapoto, departamento de San Martín, nuestro evento gratuito denominado OBLIGACIONES LABORALES DEL EMPLEADOR.

Este seminario se realizó en el auditorio del Colegio de Contadores Públicos de San Martín y contó con la participación del Dr. Oscar Bernuy Alvarez, jefe del Área Laboral del Departamento de Asesoría de CONTADORES & EMPRESAS, quien tuvo un brillante desempeño absolviendo todas las interrogantes planteadas por los asistentes al evento.

El exitoso seminario contó con la asistencia masiva de nuestros suscriptores, además de connotados profesionales de la ciudad de San Martín. Cabe recalcar que el éxito del evento se debió en gran medida al apoyo brindado por nuestra distribuidora dirigida por la Sra. Rocío Bartra Coral, quien estuvo acompañada de su staff de ejecutivos de ventas y por su personal administrativo.

De igual forma deseamos hacer extensivo nuestro agradecimiento por la acogida brindada a nuestro informativo.

Desarrollo del Tema:    Obligaciones laborales del Empleador
     

Dr. Oscar Bernuy Alvarez , jefe del Área Laboral  

 
     
Participantes del evento


EVALUARÍAN OTORGAR CRÉDITOS TRIBUTARIOS
A BONISTAS DE REFORMA AGRARIA

El titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Pedro Pablo Kuczynski, informó que respecto al tema de la deuda interna proveniente de los bonos de la Reforma Agraria, se han sostenido conversaciones con la asociación de bonistas, para ofrecerles un paquete, el cual estaría comprendido por tierras, otros papeles (bonos) y créditos tributarios.


Asimismo, señaló que la Comisión Agraria del Congreso ya aprobó el dictamen de un proyecto de ley, que tiene entre sus objetivos permitir el saneamiento físico legal de los predios afectados por la Reforma Agraria; establecer los criterios para la acreditación, calificación, actualización, certificación y pago de la Deuda Agraria pendiente, así como también establecer los mecanismos para la conversión de tal deuda en inversión productiva, encaminada al desarrollo rural.

PODER EJECUTIVO OBSERVA PROYECTO QUE IMPIDE DESPEDIR A TRABAJADORES

El Poder Ejecutivo observó la autógrafa del proyecto de ley que modifica el artículo 48 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, referente al procedimiento de terminación de la relación laboral por causas objetivas.

Dicha autógrafa tiene como finalidad impedir que las empresas despidan a los trabajadores mientras el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo esté evaluando si existen circunstancias objetivas para que puedan hacerlo.


Asimismo, mediante un oficio enviado al Presidente del Congreso, se advierte que dicha autógrafa podría generar un mayor costo a las empresas, ya que deberán seguir afrontando los pagos a estos trabajadores mientras dure el proceso de evaluación del Ministerio de Trabajo.

De igual manera, generaría que las empresas sigan utilizando personal innecesario, que afectaría la competitividad y eficiencia de las mismas.

ELIMINAN SUSPENSIÓN DE LA IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES USADOS
Dispositivo
:

Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente Nº 017-2004-AI/TC

Fecha de publicación 
:

Miércoles 13 de julio de 2005

Fecha de vigencia
:

Jueves 14 de julio de 2005


Mediante la sentencia en comentario el Tribunal Constitucional ha declarado fundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta y, en consecuencia, la inconstitucionalidad del artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 140-2001
(1) que suspendió la importación de vehículos automotores usados de peso bruto mayor a 3,000 kilogramos y de motores, partes, piezas y repuestos usados para uso automotor.

El Colegiado considera que dicho artículo es inconstitucional por cuanto la dación del Decreto de Urgencia vulneró el inciso 19) del artículo 118 de la Constitución Política pues la medida tomada no responde a una circunstancia de excepcionalidad, imprevisibilidad y urgencia, no habiendo sido la idónea ya que pudo optarse por otras medidas menos gravosas a efectos de obtener el mejoramiento y desarrollo del transporte terrestre por carretera. Así considera que la suspensión de la importación de vehículos usados, así como de motores, partes, piezas y repuestos usados, no cumple con el test de proporcionalidad que supuestamente debió cumplir la norma cuestionada en función a los fines que persigue.

Cabe señalar que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Política la sentencia del Tribunal que declara la inconstitucionalidad de una norma tiene efecto a partir del día siguiente de su publicación, no teniendo efecto retroactivo.

Por otro lado, debemos indicar como antecedente jurisprudencial que mediante sentencia recaída en el expediente Nº 0008-2003-AI-TC (2) y precisada por Resolución del Tribunal Constitucional del 2 de diciembre de 2003, dicho Colegiado ya ha había declarado la inconstitucionalidad del artículo 4 del cuestionado Decreto de Urgencia.

(1) Publicado en el diario oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2001. 
(2) Publicada en el diario oficial El Peruano el 14 de noviembre de 2003.


LES RECORDAMOS EL CRONOGRAMA DE
BUENOS CONTRIBUYENTES

Recordamos a ustedes que el cronograma de obligaciones tributarias de los buenos contribuyentes, para el presente año, es el siguiente:

PERIODO TRIBUTARIO DÍGITOS DÍGITOS
0, 1, 2, 3 Y 4 5, 6, 7, 8 Y 9
Feb/05
Mar/05
Abr/05
May/05
Jun/05
Jul/05
Ago/05
Sep/05
Oct/05
Nov/05
Dic/05
22/Mar/2005
26/Abr/2005
23/May/2005
24/Jun/2005
22/Jul/2005
24/Ago/2005
23/Sep/2005
26/Oct/2005
24/Nov/2005
27/Dic/2005
24/Ene/2006
23/Mar/2005
25/Abr/2005
24/May/2005
23/Jun/2005
25/Jul/2005
23/Ago/2005
26/Sep/2005
25/Oct/2005
25/Nov/2005
23/Dic/2005
25/Ene/2006

 

REVISTA CONTADORES & EMPRESAS
ACTUALIZACIÓN DEL PIONER TRIBUTARIO


Les informamos que respecto a la actualización del Pioner Tributario del mes de mayo de 2005, en la hoja de instrucción que acompaña a las hojas de actualización tributaria de la Sección A-Código Tributario, se indicó que se adicione las páginas 147-a y 148-a, debiendo ser: “(...) 148-a y 148-b” , por lo que les sugerimos tenerlo en cuenta cuando proceda a actualizar su Pioner Tributario.

Muy atentamente,

CONTADORES & EMPRESAS


Estimado suscriptor le comunicamos que a partir de la fecha usted tiene a su disposición una línea nueva más para sus consultas telefónicas:

445-5066  

HORARIO DE ATENCIÓN AL SUSCRIPTOR

Lunes a viernes de 9:00 a 1:00 pm. y de 2:30 a 6:00 pm.

 
 

AÑO 2005 REVISTA
Junio 1ra. quincena junio
2da. quincena junio

Mayo 1ra. quincena mayo
2da. quincena mayo

Abril 1ra. quincena abril
2da. quincena abril

Marzo

Febrero

Enero




24 Revistas Contadores & Empresas
Suplementos gratuitos
Agenda ejecutiva 2005
         
Guía práctica de Documentos Empresariales
Guía práctica Laboral Empresarial
Guía práctica del Código Tributario
         
Guía práctica del IGV
Guía práctica del Impuesto a la Renta
Pioner Tributario
         
Pioner Laboral
Software - Más de 5,000 normas y más de
1,000 jurisprudencias en temas tributarios, laborales y otros.
Boletines Empresariales
         
Boletines Legales diarios
Consultas telefónicas personalizadas
- Consultas por correo electrónico
Información on line
         
Seminarios de actualización
Calendario tributario laboral-2005
Calendario gigante de vencimiento de obligaciones 2005
         
   
   
   
Tarjeta codificada de acceso a la información y descuentos
   

 

REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28072
“LEY QUE REGULA LA CALIDAD MIGRATORIA DEL RENTISTA”

Dispositivo
:

Decreto Supremo Nº 003-2005-IN

Fecha de publicación 
:

Miércoles 13 de julio 2005

Fecha de vigencia
:

Jueves 14 de julio de 2005


Mediante Decreto Supremo Nº 003-2005-IN se ha reglamentado la norma que regula la calidad migratoria rentista, señalándonos las siguientes consideraciones.

  • Calidad Migratoria Rentista

    Los extranjeros constituyen una unidad migratoria, por lo cual su calidad migratoria rentista se extiende a su cónyuge, hijos menores de 18 años, hijas solteras, padres y dependientes, que no realicen actividades remuneradas o lucrativas.
  • Requisitos para optar la calidad migratoria rentista

    La norma señala los siguientes requisitos para acceder a la calidad migratoria: el formato - solicitud establecido por la DIGEMIN, recibo de pago por derecho de trámite, declaración jurada donde exprese su voluntad de acogerse a dicha calidad migratoria rentista, copia simple del pasaporte o documento de viaje, declaración jurada de no registrar antecedentes (penales, judiciales y policiales) a nivel nacional e internacional, y copia legalizada o autenticada del documento o documentos originales que acrediten que el solicitante percibe un ingreso permanente no menor a mil dólares americanos o su equivalente.
    Por otro lado, la norma en comentario también señala una serie de documentos que el extranjero debe presentar con la finalidad de proceder al cambio de la calidad migratoria a la calidad migratoria rentista; asimismo nos señala el procedimiento a seguir para la extensión de la calidad migratoria rentista a los familiares o dependientes.
  • Pérdida de la calidad migratoria rentista

    El extranjero perderá su calidad migratoria rentista si su permanencia fuera del país excediera de seis meses consecutivos; si la suma de los meses alternados en que haya estado fuera del país en el periodo de un año calendario, exceda de los seis meses; si no se inscribe en los plazos establecidos en el Registro Central de Extranjería, o haber sido sancionado con salida obligatoria, expulsión o cancelación de residencia según lo dispuesto en la ley de extranjería; y por desaparecer las condiciones legales o causales por las cuales el beneficiario obtuvo la calidad migratoria rentista por extensión.

    Asimismo, además de lo señalado anteriormente, se cancelará la calidad migratoria rentista cuando se haya falseado la información contenida en los documentos, informes o declaraciones utilizadas para la obtención de dicha calidad migratoria rentista.

 
 
Ver boletines anteriores 
ESTO NO ES SPAM: Si no desea recibir los boletines envíe un mensaje a no_boletin@contadoresyempresas.com.pe,
en el asunto del mensaje indique “desuscribir”