Lima,
13 de Julio de 2005
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Tipos de Cambio del Día |
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DÓLAR |
| Compra |
3.250 |
| Venta |
3.251 |
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EURO |
| Compra |
3.922 |
| Venta |
3.952 |
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EVENTO
GUÍA PRÁCTICA DEL CÓDIGO TRIBUTARIO
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Extinción de la Obligación Tributaria |
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Reclamos y Apelaciones |
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Principales Infracciones, Sanciones y Régimen de Gradualidad |
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Gerentes generales, gerentes financieros, contadores, administradores, abogados, asesores y público en general. |
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Dr. Carlos Bassallo Ramos
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Dra. Elizabeth Nima Nima |
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Lunes 18 de julio de 2005
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HORA DE CONVOCATORIA: |
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5:30 p.m.
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DURACIÓN:
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18:00 p.m. a 21:00 p.m.
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HOTEL SOL DE ORO
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DIRECCIÓN:
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Calle San Martín Nº 305 – Miraflores (espalda Sunat de Benavides) |
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INVERSIÓN: |
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SUSCRIPTORES |
:
S/. 100.00
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PÚBLICO
EN GENERAL |
:
S/. 150.00
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TARIFA CORPORATIVA |
:
12% de descuento a partir de tres personas
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BENEFICIOS:
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LIBRO GUÍA PRÁCTICA DEL CÓDIGO TRIBUTARIO
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COFFEE BREAK
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CERTIFICADO DE PARTICIPACIÓN
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VER INFORMACIÓN DEL EVENTO
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ENVIAR FICHA DE INSCRIPCIÓN AL FAX: (01) 241-2323 |
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NOTA |
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A los señores suscriptores de provincias que deseen participar en nuestro evento sírvanse comunicarse con el distribuidor de su jurisdicción.
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INFORMES E INSCRIPCIONES
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Av. Angamos Oeste Nº 526 - Miraflores
(01) 446-4003 / (01) 446-3902 / (01) 242-9480 / (01) 446-0212 /
(01) 242-4675 / (01) 9789-9737
ventas@contadoresyempresas.com.pe
www.contadoresyempresas.com.pe |
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DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN
CIUDAD DE TARAPOTO
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AGRADECEMOS SU PARTICIPACIÓN A
NUESTRO EVENTO GRATUITO DENOMINADO
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OBLIGACIONES LABORALES DEL EMPLEADOR |
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El
día 9 de julio del presente mes se llevó a cabo en la ciudad
de Tarapoto, departamento de San Martín, nuestro evento
gratuito denominado OBLIGACIONES
LABORALES DEL EMPLEADOR.
Este
seminario se realizó en el auditorio del Colegio de Contadores
Públicos de San Martín y contó con la participación del Dr.
Oscar Bernuy Alvarez, jefe del Área Laboral del Departamento de
Asesoría de CONTADORES & EMPRESAS, quien tuvo un
brillante desempeño absolviendo todas las interrogantes
planteadas por los asistentes al evento.
El
exitoso seminario contó con la asistencia masiva de nuestros
suscriptores, además de connotados profesionales de la ciudad
de San Martín. Cabe recalcar que el éxito del evento se debió
en gran medida al apoyo brindado por nuestra distribuidora
dirigida por la Sra. Rocío Bartra Coral, quien estuvo acompañada
de su staff de ejecutivos de ventas y por su personal
administrativo.
De
igual forma deseamos hacer extensivo nuestro agradecimiento por
la acogida brindada a nuestro informativo.
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Desarrollo del Tema:
Obligaciones laborales del Empleador |
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Dr. Oscar Bernuy Alvarez , jefe del Área Laboral
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Participantes del evento |
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EVALUARÍAN OTORGAR CRÉDITOS TRIBUTARIOS
A BONISTAS DE REFORMA AGRARIA
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El titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Pedro Pablo Kuczynski, informó que respecto al tema de la deuda interna proveniente de los bonos de la Reforma Agraria, se han sostenido conversaciones con la asociación de bonistas, para ofrecerles un paquete, el cual estaría comprendido por tierras, otros papeles (bonos) y créditos tributarios.
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Asimismo, señaló que la Comisión Agraria del Congreso ya aprobó el dictamen de un proyecto de ley, que tiene entre sus objetivos permitir el saneamiento físico legal de los predios afectados por la Reforma Agraria; establecer los criterios para la acreditación, calificación, actualización, certificación y pago de la Deuda Agraria pendiente, así como también establecer los mecanismos para la conversión de tal deuda en inversión productiva, encaminada al desarrollo rural.
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PODER EJECUTIVO OBSERVA PROYECTO QUE IMPIDE DESPEDIR A TRABAJADORES
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El Poder Ejecutivo observó la autógrafa del proyecto de ley que modifica el artículo 48 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, referente al procedimiento de terminación de la relación laboral por causas objetivas.
Dicha autógrafa tiene como finalidad impedir que las empresas despidan a los trabajadores mientras el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo esté evaluando si existen circunstancias objetivas para que puedan hacerlo.
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Asimismo, mediante un oficio enviado al Presidente del Congreso, se advierte que dicha autógrafa podría generar un mayor costo a las empresas, ya que deberán seguir afrontando los pagos a estos trabajadores mientras dure el proceso de evaluación del Ministerio de Trabajo.
De igual manera, generaría que las empresas sigan utilizando personal innecesario, que afectaría la competitividad y eficiencia de las mismas.
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| ELIMINAN SUSPENSIÓN DE LA IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES USADOS |
Dispositivo |
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Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente Nº
017-2004-AI/TC
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Fecha de publicación |
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Miércoles 13 de julio de 2005
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Fecha de vigencia |
: |
Jueves 14 de julio de 2005
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Mediante la sentencia en comentario el Tribunal Constitucional ha declarado fundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta y, en consecuencia, la inconstitucionalidad del artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 140-2001
(1)
que suspendió la importación de vehículos automotores usados de peso bruto mayor a 3,000 kilogramos y de motores, partes, piezas y repuestos usados para uso automotor.
El Colegiado considera que dicho artículo es inconstitucional por cuanto la dación del Decreto de Urgencia vulneró el inciso 19) del artículo 118 de la Constitución Política pues la medida tomada no responde a una circunstancia de excepcionalidad, imprevisibilidad y urgencia, no habiendo sido la idónea ya que pudo optarse por otras medidas menos gravosas a efectos de obtener el mejoramiento y desarrollo del transporte terrestre por carretera. Así considera que la suspensión de la importación de vehículos usados, así como de motores, partes, piezas y repuestos usados, no cumple con el test de proporcionalidad que supuestamente debió cumplir la norma cuestionada en función a los fines que persigue.
Cabe señalar que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Política la sentencia del Tribunal que declara la inconstitucionalidad de una norma tiene efecto a partir del día siguiente de su publicación, no teniendo efecto retroactivo.
Por otro lado, debemos indicar como antecedente jurisprudencial que mediante sentencia recaída en el expediente Nº
0008-2003-AI-TC (2) y precisada por Resolución del Tribunal Constitucional del 2 de diciembre de 2003, dicho Colegiado ya ha había declarado la inconstitucionalidad del artículo 4 del cuestionado Decreto de Urgencia.
(1) Publicado en el diario oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2001.
(2) Publicada en el diario oficial El Peruano el 14 de noviembre de 2003.
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LES RECORDAMOS EL CRONOGRAMA DE
BUENOS CONTRIBUYENTES
Recordamos a ustedes que el cronograma de obligaciones tributarias de los buenos contribuyentes, para el presente año, es el siguiente:
| PERIODO TRIBUTARIO |
DÍGITOS |
DÍGITOS |
| 0, 1, 2, 3 Y 4 |
5, 6, 7, 8 Y 9 |
Feb/05
Mar/05
Abr/05
May/05
Jun/05
Jul/05
Ago/05
Sep/05
Oct/05
Nov/05
Dic/05 |
22/Mar/2005
26/Abr/2005
23/May/2005
24/Jun/2005
22/Jul/2005
24/Ago/2005
23/Sep/2005
26/Oct/2005
24/Nov/2005
27/Dic/2005
24/Ene/2006 |
23/Mar/2005
25/Abr/2005
24/May/2005
23/Jun/2005
25/Jul/2005
23/Ago/2005
26/Sep/2005
25/Oct/2005
25/Nov/2005
23/Dic/2005
25/Ene/2006 |
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REVISTA CONTADORES & EMPRESAS
ACTUALIZACIÓN DEL PIONER TRIBUTARIO |
Les informamos que respecto a la actualización del Pioner Tributario del mes de mayo de 2005, en la hoja de instrucción que acompaña a las hojas de actualización tributaria de la Sección A-Código Tributario, se indicó que se adicione las páginas 147-a y 148-a, debiendo ser: “(...) 148-a y 148-b” , por lo que les sugerimos tenerlo en cuenta cuando proceda a actualizar su Pioner Tributario.
Muy atentamente,
CONTADORES & EMPRESAS
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Estimado
suscriptor le comunicamos que a partir de la fecha usted tiene a su
disposición una línea nueva más para sus consultas telefónicas:
445-5066
HORARIO DE ATENCIÓN AL SUSCRIPTOR
Lunes a viernes de 9:00 a 1:00 pm. y de 2:30 a 6:00 pm. |
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24 Revistas Contadores & Empresas |
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Suplementos gratuitos |
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Agenda ejecutiva 2005 |
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Guía práctica de Documentos Empresariales |
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Guía práctica Laboral Empresarial |
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Guía práctica del Código Tributario |
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Guía práctica del IGV |
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Guía práctica del Impuesto a la Renta |
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Pioner Tributario |
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Pioner Laboral |
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Software - Más de 5,000 normas y más de
1,000 jurisprudencias en temas tributarios, laborales y otros. |
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Boletines Empresariales |
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Boletines Legales diarios |
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Consultas telefónicas personalizadas
- Consultas por correo electrónico |
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Información on line |
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Seminarios de actualización |
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Calendario tributario laboral-2005 |
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Calendario gigante de vencimiento de obligaciones 2005 |
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Tarjeta codificada de acceso a la información y descuentos |
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REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28072
“LEY QUE REGULA LA CALIDAD MIGRATORIA DEL RENTISTA”
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Dispositivo |
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Decreto Supremo Nº 003-2005-IN
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Fecha de publicación |
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Miércoles 13 de julio 2005
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Fecha de vigencia |
: |
Jueves 14 de julio de 2005
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Mediante Decreto Supremo Nº 003-2005-IN se ha reglamentado la norma que regula la calidad migratoria rentista, señalándonos las siguientes consideraciones.
- Calidad Migratoria Rentista
Los extranjeros constituyen una unidad migratoria, por lo cual su calidad migratoria rentista se extiende a su cónyuge, hijos menores de 18 años, hijas solteras, padres y dependientes, que no realicen actividades remuneradas o lucrativas.
- Requisitos para optar la calidad migratoria rentista
La norma señala los
siguientes requisitos para acceder a la calidad migratoria: el formato - solicitud establecido por la
DIGEMIN, recibo de pago por derecho de trámite, declaración jurada donde exprese su voluntad de acogerse a dicha calidad migratoria rentista, copia simple del pasaporte o documento de viaje, declaración jurada de no registrar antecedentes (penales, judiciales y policiales) a nivel nacional e internacional, y copia legalizada o autenticada del documento o documentos originales que acrediten que el solicitante percibe un ingreso permanente no menor a mil dólares americanos o su equivalente.
Por otro lado, la norma en comentario también
señala una serie de documentos que el extranjero debe presentar con
la finalidad de proceder al cambio de la calidad migratoria a la calidad migratoria rentista; asimismo nos señala el procedimiento a seguir para la extensión de la calidad migratoria rentista a los familiares o dependientes.
-
Pérdida de la calidad migratoria rentista
El extranjero perderá su calidad migratoria rentista si su permanencia fuera del país excediera de seis meses consecutivos; si la suma de los meses alternados en que haya estado fuera del país en el periodo de un año calendario, exceda de los seis meses; si no se inscribe en los plazos establecidos en el Registro Central de Extranjería, o haber sido sancionado con salida obligatoria, expulsión o cancelación de residencia según lo dispuesto en la ley de extranjería; y por desaparecer las condiciones legales o causales por las cuales el beneficiario obtuvo la calidad migratoria rentista por extensión.
Asimismo, además de lo señalado anteriormente, se cancelará la calidad migratoria rentista cuando se haya falseado la información contenida en los documentos, informes o declaraciones utilizadas para la obtención de dicha calidad migratoria rentista.
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