MIÉRCOLES 9 DE ABRIL DE 2008
 
 
 
   
   
   
   
PRINCIPALES NORMAS DEL DÍA

NOTICIAS DEL DÍA

LE RECORDAMOS QUE...

BOLETINES ANTERIORES

   
   
   
   

MODIFICAN EL RÉGIMEN DE GRADUALIDAD PARA LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES DE MULTA O SUSPENSIÓN IMPUESTAS A  LOS CONCESIONARIOS POSTALES

Dispositivo

:

Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Adunas 176-2008-SUNAT/A

Fecha de publicación

:

miércoles, 09 de abril de 2008

Fecha de vigencia

:

jueves, 10 de abril de 2008

La presente resolución ha incorporado un párrafo a la segunda disposición transitoria del Reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de la sanción de multa o suspensión impuestas a los concesionarios postales, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 534-2007/SUNAT/A.

El referido dispositivo normativo señala que el criterio de frecuencia para las sanciones de multa se aplicará a partir del 1 de julio de 2008. Refiere además, que  las infracciones acogidas al Régimen de Gradualidad o al de Incentivos así como las resoluciones de multa emitidas por la Administración Tributaria con anterioridad a la fecha antes indicada, no serán consideradas para el cómputo de la frecuencia.

La modificatoria precisa que en tanto no se aplique el criterio de frecuencia, el porcentaje de rebaja de multa será el establecido para la primera vez en que el infractor incurre en infracción o para el primer rango, según corresponda.

 

 

APRUEBAN LA “CARTILLA DE REFERENCIA DE VALORES” Y SUS INSTRUCCIONES

Dispositivo

:

Resolución Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 177-2008/SUNAT/A

Fecha de publicación

:

Miércoles, 09 de abril de 2008

Fecha de vigencia

:

Miércoles, 16 de abril de 2008

Mediante la norma en comentario se aprueba la “Cartilla de referencia de valores” y sus instrucciones, que será de aplicación obligatoria por las intendencias de Aduanas.

La referida cartilla será publicada en el portal de la Sunat (http//www.sunat.gob.pe).
 

 

PRECIOS CIF DE REFERENCIA PARA LA APLICACIÓN DEL DERECHO VARIABLE ADICIONAL O REBAJA ARANCELARIA A IMPORTACIONES DE MAÍZ, AZÚCAR, ARROZ Y LECHE ENTERA EN POLVO

Dispositivo
:
R.VM. N° 007-2008-EF/15.01

Fecha de publicación

:

Miércoles, 09 de abril de 2008

Fecha de vigencia

:

Jueves,10 de abril de 2008

Se publican los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo.

 

Faltan seis días para que venza el plazo del pago a Conafovicer.
Faltan siete días para que venza el plazo del Pago a Senati

 

Estimado suscriptor, queremos informarle que hemos puesto a su disposición los siguientes servicios:

  1. Acceso diario a los textos completos de las normas legales
  2. Acceso a las normas de uso frecuente clasificadas por áreas
  3. Acceso a la jurisprudencia tributaria clasificada por materias
  4. Actualización de los pioner de legislación tributaria y laboral
  5. Acceso a las publicaciones de “Contadores & Empresas” en versión digital
  6. Acceso a todos los boletines remitidos
  7. Acceso a los indicadores tributarios, laborales y financieros desde el año 2000
  8. Foros en línea
  9. Seminarios gratuitos on line

Para acceder a este servicio complementario y exclusivo del producto “Contadores y Empresas”, Ud. solo debe ingresar al link zona exclusiva para suscriptores que puede encontrar en nuestra página web (www.contadoresyempresas.com.pe), y luego debe activar su cuenta ingresando su número de contrato y su correo (el que figura en su contrato). Inmediatamente después le llegará a su correo un código y un password, el cual deberá digitar para ingresar a la zona exclusiva para suscriptores.

 

SEGUNDA QUINCENA - MARZO 2008

 
   
 

INCONSISTENCIAS DETECTADAS EN LAS PLANILLAS ELECTRÓNICAS Y POSIBLES SOLUCIONES

Fiscalización laboral a partir de la entrada en vigencia de la planilla electrónica
¿Cuándo y cómo se realizan los ajustes al impuesto bruto y al crédito fiscal del IGV?
Jurisprudencia comentada: ¿Son deducibles las gratificaciones por onomásticos entregadas a los trabajadores de las empresas?

Informe de la Sunat: ¿En qué casos procede la compensación cuando se rectifica el monto retenido?

Consultas: ¿Qué consecuencias conlleva la modificación del coeficiente producto de una rectificatoria de la declaración jurada anual?
Consultas: ¿Cómo se determina el valor de la remuneración de mercado en el caso de socios que trabajan en la empresa?
Informática para contadores: ¿Cómo verificar si una declaración jurada fue presentada?
Propuesta contable para la contabilización de costos por servicios de construcción.
Nuevos procedimientos para el registro de los contratos de trabajo y de las modalidades formativas laborales.
 
 



Av. Angamos Oeste Nº 526 - Miraflores - Lima / Perú 
Consultoría telefónica (01) 710-8970 - Ventas y atención al cliente (01) 710-8950

informatica@contadoresyempresas.com.pe

ESTO NO ES SPAM: Si no desea recibir los boletines envíe un mensaje a no_boletin@contadoresyempresas.com.pe en el asunto del mensaje indique “desuscribir”