JUEVES 22 DE MAYO DE 2008
 
 
 
   
   
   
   
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EL CONGRESO DEL PERÚ APRUEBA EL  CONVENIO SUSCRITO ENTRE EL PERÚ Y BRASIL PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN Y PARA PREVENIR LA EVASIÓN FISCAL EN RELACIÓN CON EL IMPUESTO A LA RENTA

Dispositivo
:
Resolución Legislativa Nº 29233

Fecha de publicación

:

Jueves, 22 de mayo de 2008

Fecha de vigencia

:

Viernes, 23 de mayo de 2008

En aplicación del artículo 56 y el numeral 3 del artículo 102 de la Constitución Política, mediante la Resolución Legislativa Nº 29233, el Congreso Peruano aprobó el Convenio suscrito el 17 de febrero del 2006, entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa de Brasil para evitar la doble tributación y para prevenir la evasión fiscal en relación con el Impuesto a la Renta. Dicho convenio será aplicable a los residentes en Perú y/o el Brasil respecto del Impuesto a la Renta.

 


 

MINISTRO DE TRABAJO SE PRONUNCIA EN CONTRA DEL PROYECTO DE LEY QUE DEROGA EL RÉGIMEN DE CONTRATOS TEMPORALES POR EXPORTACIÓN NO TRADICIONAL

 

El proyecto de ley que busca derogar los artículos referidos a los contratos temporales contenidos en la Ley de Promoción de Exportaciones no Tradicionales, no ha sido bien recibida por el titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Mario Pasco Cosmópolis, ya que no considera necesaria la derogación sino la sustitución por una norma moderna, que busque la equidad y la justicia.


El titular de Trabajo expresó que el problema de esta ley radica en que, al ser antigua, no fue reglamentada adecuadamente, encontrándose desfasada y utilizada en exceso. Así, señaló que una norma moderna, equitativa y justa sería lo adecuado para las necesidades actuales de la exportación, teniendo en cuenta el momento especial que atraviesa el país en el escenario comercial internacional. En este orden de cosas, indicó también que la sola derogación pondría en peligro al sector exportador, cuyos intereses deberán estar contenidos en la nueva normativa que propone.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Trabajo del Congreso, Isaac Serna, señaló que la finalidad del proyecto es corregir una deformación, ya que esta clase de contratos se renuevan cada tres meses y muchos de los trabajadores del sector llevan varios años bajo esta modalidad.


Faltan trece días para que venza el pago de AFP en cheque de otro banco.
Faltan quince días para que venza el pago de AFP en efectivo o cheque del mismo banco.

 

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PRIMERA QUINCENA -MAYO 2008

 
   
 

TRATAMIENTO LABORAL Y TRIBUTARIO DE LA MOVILIDAD OTORGADA A LOS TRABAJADORES

Pérdidas por hurtos cometidos por los denominados “tenderos” y la determinación de la renta neta.
Activos fijos: factores que restringen el gasto por depreciación.
Pago de valores a través de Sunat Virtual.

Infracción incurrida por no exhibir los libros contables cuando se ha otorgado un plazo de 60 días para rehacerlos.

Elaboración de un flujo de efectivo.
¿Cómo incrementar las remuneraciones a través de los vales de alimentos?
Cómo analizar la rentabilidad económica y financiera de una empresa.
Letra de cambio con cláusula de liberación de protesto.
 
 



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